Cádiz CF
El principio de 'in dubio pro-reo' salva a Cervera
El TAD no ve «intencionalidad» de injuriar en las declaraciones del entrenador del equipo amarillo
Cervera se ha salvado de la quema de la Santa Inquisición (Competición) tras la resolución favorable del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), que ha echado cuenta al recurso presentado por el gabinete jurídico del Cádiz CF.
En la resolución del TAD para absolver del castigo a Cervera se esgrime que no se aprecia intencionalidad en las palabras del entrenador cadista , quien una vez estaba terminándose la rueda de prensa posterior al polémico penalti a Perea no pitado contestó a una pregunta referente al penalti y que, sacado de contexto, bien podría ser entendida como lo entendió Competición y posteriormente Apelación.
Sin embargo, este atisbo de llamar prevaricador al juez de la contienda Alberola Rojas no se ha apreciado de la misma forma por el TAD, que se ha amparado en el principio de 'in dubio pro reo' para deslegitimar la sanción impuesta a Cervera por los dos comités anteriores.
¿Pero, qué significa dicho latinismo en su concepto jurídico? Pues se puede definir como el principio jurídico que expresa la obligatoriedad de probar los hechos y que, en el caso de que la prueba sea insuficiente para demostrarlos, la decisión judicial deberá favorecer al acusado del delito.
Por lo tanto y por lo que se ve, el TAD no ha dado con una prueba que reafirme en Cervera su ánimo de llamar prevaricador al juez de la contienda y, como consecuencia, lo exonerado de la multa de ls cuatro partidos que recaían sobre su cabeza.
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