ESPAÑA

El Constitucional rechaza las recusaciones del Parlamento de Cataluña

La corte acuerda por unanimidad que la ideología de su presidente y el magistrado Trevijano no merma su imparcialidad

MADRID. Actualizado: Guardar
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El Tribunal Constitucional rechazó la recusación por parcialidad de su presidente, Francisco Pérez de los Cobos, y del magistrado Pedro González-Trevijano, interpuesta por el Parlamento de Cataluña. La Cámara pedía que ambos se abstuvieran de participar en los debates sobre los recursos del Gobierno contra la ley de consultas y el decreto de convocatoria del referéndum. La corte concluyó por unanimidad que no existe razón para excluir a ambos del análisis de las impugnaciones. «Nadie puede ser descalificado como juez en razón de sus ideas», señala el auto del tribunal.

La corte constitucional tiene ahora el camino despejado para entrar en el fondo de los recursos del Ejecutivo de Mariano Rajoy contra la ley de consultas aprobada por el Parlamento de Cataluña y la convocatoria del referéndum firmado por Artur Mas, suspendidas de forma cautelar por el tribunal. Las deliberaciones sobre ambos asuntos estaban frenadas hasta que el pleno del Constitucional resolviera las recusaciones presentadas el 2 de octubre por la Cámara autonómica, que adujo «falta de imparcialidad y de independencia» de ambos por las manifestaciones y opiniones que habían vertido con anterioridad sobre el nacionalismo catalán.

Los ponentes, Juan Antonio Xiol y Ricardo Enríquez, sostienen que «no puede pretenderse la recusación de un juez por el mero hecho de tener criterio jurídico anticipado sobre los asuntos que debe resolver». El Parlamento catalán detalló en su escrito contra De los Cobos, militante del PP de 2008 a 2011, los mismos argumentos que empleó en septiembre del año pasado, cuando también recusó al presidente antes del debate sobre la declaración de soberanía que había aprobado la Cámara autonómica por sus opiniones contra al Estatut.

En esta oportunidad el tribunal recuerda que no podía volver a estudiar unos razonamientos que había rechazado hace un año. En el caso de Trevijano, el Constitucional dice que las opiniones que exteriorizó en diciembre de 2005, crítico con los nacionalismos, no son suficientes para prever que pueden «menoscabar su imparcialidad».

El tribunal no tiene razones ahora para dilatar más una decisión sobre la norma y la convocatoria recurrida por el Gobierno. La Generalitat desea que lo haga antes del 9 de noviembre, pero fuentes jurídicas ponen en duda que dé tiempo de tomar una decisión en un mes. El Gobierno de Mas se aferra a esta falta de resolución para mantener que la consulta no es ilegal, pues solo está suspendida, y, por tanto, no se vulnera la ley al proseguir con los preparativos de la votación.