Sociedad

El Supremo deniega el retraso en la aplicación de la Lomce a Cataluña y Andalucía

MADRID. Actualizado: Guardar
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El Tribunal Supremo ha desestimado en tres autos las peticiones de la Junta de Andalucía y de la Generalitat de Cataluña para la suspensión cautelar de los reales decretos que desarrollan las nuevas enseñanzas de primaria y Formación Profesional Básica, derivados de la Lomce. Andalucía, que había presentado recursos contencioso-administrativos contra ambos decretos, y Cataluña, que lo había hecho contra el que regula la FP Básica, solicitaban la paralización de la aplicación de la reforma, que comenzará a partir del próximo curso escolar.

La presidenta de la Junta, Susana Díaz, afirmó que respeta pero no comparte la decisión del Supremo y aseguró que hará lo posible por minimizar el impacto de la ley en su comunidad. El Gobierno autonómico andaluz esgrime el escaso margen de tiempo entre la aprobación de la reforma de educación primaria y su aplicación, prevista para septiembre, lo que «haría manifiestamente inviable una planificación del curso escolar con el más elemental estándar de calidad». No obstante, el abogado del Estado expone que la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce) «contiene en sí misma todos los elementos necesarios para programar de manera adecuada la oferta educativa de educación primaria».