Hacienda podrá sancionar por primera vez la ingeniería fiscal
La reforma permite multar con hasta el 150% de la cuantía eludida una práctica bastante utilizada por las multinacionales
MADRID. Actualizado: GuardarUno de los mayores problemas del sistema tributario español es el enorme peso que tiene la economía sumergida, en torno al 23% del PIB. Esto supone diez puntos más que la media comunitaria. Una parte de esa diferencia se explica por la capacidad de las multinacionales para minorar el pago de impuestos al beneficiarse de deducciones y bonificaciones en las liquidaciones gracias a mecanismos de ingeniería fiscal. Para tratar de frenar estas prácticas que la Agencia Tributaria considera de planificación agresiva, la reforma presentada por el Gobierno introduce por primera vez la posibilidad de sancionar estas operaciones. Una medida aplaudida por los expertos, que, sin embargo, echan en falta más iniciativas en este sentido.
«Estas grandes empresas interpretan las distintas legislaciones fiscales para buscar resquicios que les beneficien», explica el presidente de la Organización de Inspectores de Hacienda (IHE), Ransés Pérez Boga. Actualmente si estas prácticas de elusión fiscal son detectadas, algo bastante complejo, los infractores únicamente tienen que devolver lo defraudado, pero no son sancionados. De esta forma, según el presidente IHE, las empresas se arriesgan y fuerzan la legalidad ya que en el peor de los casos su acción no tendría sobrecoste económico. Así, el artículo 15 de la Ley General Tributaria establece que para estas acciones «se exigirá el tributo aplicando la norma que hubiera correspondido a los actos o negocios usuales o propios o eliminando las ventajas fiscales obtenidas, y se liquidarán intereses de demora, sin que proceda la imposición de sanciones».
Sin embargo, la nueva redacción sí incluye la posibilidad de imponer multas al recoger que «procederá la imposición de sanciones tributarias conforme a lo dispuesto en el título IV de esta ley». Es decir, a una sanción que puede oscilar entre el 50% y 150% de la cantidad eludida. «Esto va a ser un aviso a navegantes», asegura Ransés, aunque reconoce que la redacción del artículo no es todo lo contundente que debería ya que no especifica qué casos pueden considerarse como ingeniería fiscal.
Otro de los cambios introducidos en la normativa tiene que ver con la gestión recaudatoria en casos de delito fiscal. Hasta ahora, era necesario esperar a la sentencia judicial para que la empresa pagara la deuda con Hacienda. Sin embargo, los enormes tiempos judiciales hacían que en muchas ocasiones cuando se producía la resolución la empresa no tenía bienes con los que afrontar ese pago. La reforma permite que se cobre el importe de la deuda en depósito, es decir, inmovilizada a la espera de la sentencia.
Pese a reconocer estos avances, los inspectores de Hacienda solicitan medidas más ambiciosos para luchar contra esta lacra. «La lucha contra el fraude es la gran olvidada de la reforma fiscal», insiste su presidente. Por ejemplo, Ransés lamenta que el Ejecutivo no siguiera las recomendaciones de la comisión Lagares respecto a los incentivos para aflorar economía sumergida en los servicios domésticos y el hogar. El informe de los expertos propuso deducciones que superasen el 21% del IVA general para quienes presentasen facturas por las obras en el hogar, También proponían deducciones en el IRPF para acabar con el fraude en el servicio doméstico, donde existe un importante porcentaje de remuneraciones no declaradas.
«Medidas cosméticas»
«Se plantean medidas cosméticas en la lucha contra el fraude. Echamos en falta medidas potentes contra la economía sumergida», critica también el presidente del Sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha), Carlos Cruzado. En este sentido, relativiza una de las medidas estrella en este ámbito: la publicación de la lista de morosos. Según la reforma, este listado incluirá a aquellos, tanto particulares como empresas, que deban más de un millón de euros al fisco en impuestos estatales y haya transcurrido un año desde el límite legal para pagarlos. Tampoco se tendrán en cuenta las deudas aplazadas o suspendidas. Sin embargo, Cruzado lamenta que se excluyan los defraudadores fiscales.
Tampoco le convence la publicación de la lista de paraísos fiscales. Cruzado lo considera insuficiente. En su opinión, el Banco de España debería publicar las filiales de las entidades financieras que operan en paraísos fiscales y que los bancos hicieran lo propio con los clientes en estos territorios. Además, pide rebajar el umbral del delito fiscal a 50.000 euros -ahora son 120.000 euros-.