Condena mínima para los cuatro responsables del falso anticáncer Bio-bac
Los acusados son absueltos de un delito contra la salud pública pero son sentenciados a cuatro meses por otro contra los consumidores
Actualizado: GuardarDoce años después de que el falso medicamento anticáncer Bio-bac fuese retirado del mercado, el juzgado de lo Penal número 18 de Madrid absolvió ayer de un delito contra la salud pública a los cuatros responsables de su venta. En cualquier caso, la magistrada sí consideró culpables a Antonio Rafael Chacón Pabón, Consuelo Serdio Boeticher, Enríquez Martínez Oliván y Miguel Echenique Gordillo de un delito contra los consumidores, y les condenó a una pena de cuatro meses y quince días de prisión.
Los cuatro estaban acusados de vender el producto sin licencia y dar «una expectativa irreal» a 2.030 enfermos graves. Al fármaco, en circulación entre 1997 y 2002 y que carecía de autorización sanitaria, se le atribuían propiedades curativas contra el cáncer, el VIH, la hepatitis y otras enfermedades degenerativas.
Pero, según señala el fallo, durante la vista oral no quedó acreditado un delito contra la salud pública, porque para poder ser condenado por este motivo resulta imprescindible que el acusado ponga en peligro la vida o la salud de las personas. Y el consumo de Bio-bac, dice, era «inocuo». Sus responsables aseguraron durante el proceso que el producto siempre se comercializó como complemento alimenticio, y no como fármaco o medicamento. Sin embargo, la magistrada sí considera que lo hicieron, pese a que en la etiqueta apareciera como «suplemento dietético».
Tampoco pudo probarse en el juicio que los acusados indujeran a los afectados a abandonar el tratamiento convencional contra su enfermedad, ni por teléfono ni por escrito, para conseguir una mayor comercialización, lo que hubiera puesto en peligro la vida de las personas. La juez también descartó que en la comercialización del producto se cometiese un delito de estafa, ya que su compra por parte de los consumidores no implicaba un perjuicio para su patrimonio motivado por una maquinación fraudulenta. «Más bien, nos encontramos ante un caso en el que los condenados etiquetaron el producto simulando unas características que realmente no tenía», resaltó ayer el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en un comunicado.
La magistrada detalló en la sentencia que en el prospecto que se entregaba a los pacientes, el Bio-Bac se presentaba «como un producto natural y a la vez, y como propiedades del mismo, se señalaba que era inmunoestimulante, antimetastásico y condroprotector». El fabricante hacía constar en el apartado de indicaciones que se trataba de un medicamento para combatir los «trastornos por inmunodeficiencia celular primaria», además de «enfermedades virales, hepatitis, cáncer o sida».
En sus conclusiones definitivas, la Fiscalía pidió una pena de tres años y tres meses de cárcel para Antonio Rafael Chacón y de cinco meses para los otros tres procesados en la causa, por un delito contra la salud pública y otro relativo a los consumidores. Tras conocer la sentencia, Chacón mostró su satisfacción y anunció que recurrirá la condena de cuatro meses y medio de cárcel al entender que cumplió «con la legislación vigente en su momento».