La ministra de Empleo, Fátima Báñez, ayer, durante la sesión de control al Ejecutivo en el Pleno del Senado. :: KIKO HUESCA / EFE
Economia

El Gobierno opta por imponer un árbitro para las bajas temporales

Dará más poder a las mutuas aunque no el que querían los empresarios, mientras el gasto en incapacidad temporal no deja de caer desde 2008

MADRID. Actualizado: Guardar
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La regulación de las bajas por enfermedad ha recorrido un largo y tortuoso camino. Los empresarios -como el presidente de Mercadona y miembro del Consejo Empresarial para la Competitividad, Juan Roig- han presionado al Gobierno para que dé más control a las mutuas y puedan decidir el alta de los trabajadores. Al inicio de la legislatura, la ministra de Empleo, Fátima Báñez, prometió a la CEOE que así sería porque permitiría reducir el coste que para las arcas públicas tiene la incapacidad temporal.

El proyecto, sin embargo, se encontró con el muro de los sindicatos y, fundamentalmente, de los médicos del sistema público de salud, quienes han hecho valer el carácter sanitario de la baja. Tras año y medio de debate y sucesivos borradores, el Consejo de Ministros tiene previsto aprobar este mes tanto el Real Decreto de Incapacidad Temporal (IT) como el anteproyecto de Ley de Mutuas de la Seguridad Social. En su última redacción hasta ahora, el Ejecutivo ha optado por dar una de cal y otra de arena.

Conforme al nuevo modelo, las mutuas podrán intervenir en el control de las bajas por contingencias comunes desde el primer día y presentar propuestas de alta. El anteproyecto de ley establece un periodo de cinco días (ahora es de 15) para que el médico de atención primaria o médico de familia conteste a esa propuesta. Y si el médico no lo hace, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) decidirá si se declara el alta o no.

El Gobierno, en cualquier caso, ha renunciado al silencio administrativo positivo, que suponía que si no hay respuesta del médico automáticamente se aprobaba el alta propuesta por la mutua, aunque 'obliga' a que sí haya una respuesta a la propuesta de la mutua. Sostiene que no pueden quedarse sin contestar las «propuestas motivadas de alta» de las mutuas, y argumenta que esas altas se plantean «después de una revisión y unas pruebas».

Sin embargo, José Morán, vicepresidente de la Federación de Asociaciones de Inspección de Servicios Sanitarios (FAISS), defiende que la baja es «parte de la prescripción del tratamiento» y que tiene que ser el médico del centro de salud -que es el que atiende a los pacientes- el que debe decidir cuándo está en condiciones de volver al trabajo. Critica por ello que las mutuas ven la incapacidad temporal como una prestación económica, y no sanitaria. «La gestión de la IT se puede mejorar -sostiene-, pero si el criterio es que se gasta mucho acabarán diciendo que no se hagan trasplantes».

En la búsqueda de un camino intermedio, pero reforzando la posición de las mutuas, la opción del Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha sido fortalecer el papel de 'vigilante' del INSS. Actualmente, el INSS ya revisa las bajas médicas cuando la mutua reclama que se dé el alta al trabajador, y también es el que decide -en última instancia- si la baja es procedente o no. En casi el 90% de los casos, el INSS concluye que el criterio del médico del sistema sanitario es correcto. En el otro 10% hay discrepancias, «lo que no significa que esas bajas sean fraudes, sino que la medicina no es una ciencia exacta», puntualiza Morán. «Nosotros no regalamos las bajas», corrobora Francisco José Sáez, coordinador del Grupo de Gestión de la Sociedad Española de Médicos Generales y de Familia (SEMG).

Hasta cuatro tipos de partes

Por otra parte, el decreto fija un nuevo procedimiento de partes médicos de baja, adaptado a la enfermedad del trabajador para evitar que los pacientes de larga duración tengan que ir cada semana a solicitar la confirmación de la baja y entregarla a la empresa. Se establecen hasta cuatro tipos de conunicados según el tiempo estimado de la baja: inferior a cinco días, donde el parte de baja y alta se dicta el mismo día; entre 5 y 30 días; entre 31 y 60 días; y más de 61 días. Tras una primera revisión semanal, la siguiente se podrá realizar con una distancia de entre 14, 28 y hasta 35 días, respectivamente.

Además, se establecen unas tablas orientativas de duración de cada enfermedad en función de la edad, el género y la ocupación laboral. Estos baremos servirán también de referencia a la hora de citar pacientes para revisión por parte de la Inspección del Instituto Nacional de la Seguridad Social, que se ha comprometido a esperar a que el trabajador enfermo supere el periodo medio estimado de esas tablas.

No obstante, los médicos consideran «demasiado farragoso» el establecimiento de los plazos incluido en el decreto de incapacidad, lo que dificultará su aplicación, según Sáez. Por el contrario, sí ha tranquilizado a los médicos respecto a que no se permita a las mutuas el acceso al historial clínico del paciente.

Las bajas por contingencias comunes han aumentado este año respecto a 2013, un ejercicio especialmente castigado, aunque son inferiores a las de otros años. En 2014 -con datos acumulados hasta abril-, se ha registrado una media mensual de 308.353 bajas por contingencias comunes, un 17,5% más que el año pasado, pero 42.000 bajas menos al mes que en 2011. Aunque donde más se ha notado el recorte es en la duración de las bajas, que ha pasado de 36 días a 21,6 de media.

Mientras, el gasto en incapacidad temporal sigue disminuyendo de forma continuada desde 2008, año en que marcó un máximo de 7.533 millones de euros. El presente ejercicio bajará hasta los 4.878 millones conforme a lo presupuestado.