Los tribunales tumban la aplicación del SAS de la jornada de 37,5 horas
CÁDIZ. Actualizado: GuardarLa manera en la que el SAS hace uso de la ampliación de la jornada laboral a 37,5 horas semanales de sus trabajadores ha tenido una seria contestación en los tribunales. Según informó ayer el Colegio Médico de Cádiz, esta manera de proceder ha sido declarada «contraria al ordenamiento jurídico en sendas sentencias dictadas por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Cádiz. Según indica el comunicado de la institución colegial, se considera que « la Administración no es competente para modificar las condiciones de trabajo».
Este tribunal estima así los recursos presentados por parte del Colegio Médico al entender que dichas condiciones laborales deben fijarse obligatoriamente mediante negociación colectiva y, de no alcanzarse acuerdo en dicha negociación, el único órgano competente para establecer las condiciones de trabajo del personal estatutario es el Consejo de Gobierno de la Junta. La fundamentación de este tribunal es idéntica a la que recoge la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 3 de junio en la que se desestimaba la apelación interpuesta por el SAS contra un fallo anterior al entender que las instrucciones impartidas a los profesionales sanitarios sobre la aplicación de la nueva jornada de 37,5 horas suponía una modificación y un cambio sustancial de estas condiciones.
Esta sentencia del TSJA y las emitidas ahora por el Contencioso-Administrativo de Cádiz número 1 anulan la resolución adoptada por la Gerencia del SAS al estimar que dicha resolución afecta a las condiciones de trabajo del personal sanitario y no se limita, como argumentaba el SAS, al establecimiento de turnos y horarios dentro de su facultad de autoorganización.