Economia

La aportación a planes de pensiones para desgravar se limita a 8.000 euros

Desaparece la exención de los primeros 1.500 euros cobrados de dividendo y todas las plusvalías pagarán como rentas de capital

MADRID. Actualizado: Guardar
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El Gobierno ha decidido reducir a 8.000 euros anuales el límite máximo de aportación a planes de pensiones que da derecho a desgravación en el IRPF. En la actualidad, ese límite es de 10.000 euros y 12.500 euros cuando el contribuyente tiene más de 50 años. Esta reducción «no va a tener impacto en el ahorrador medio», según el secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, porque la media de las aportaciones no supera los 4.000 euros.

Por otra parte, la exención para los primeros 1.500 euros de dividendos percibidos queda suprimida. Hacienda entiende que es suficiente con la reducción de la tarifa para rentas de capital, que vuelve a la que había en 2011 con algo más de progresividad. El ahorro tendrá una escala progresiva según su cuantía entre el 20% y el 24% el año que viene (del 19% al 23% en 2016), cuando ahora es del 21% al 27%.

Ahorro a cinco años

Además, no tributarán los rendimientos de los Planes de Ahorro a Largo Plazo, que se pueden materializar en cuentas o depósitos bancarios y seguros, siempre que se aporten menos de 5.000 euros al año y el ahorro se mantenga durante cinco años. Además, el contrato debe garantizar la devolución de al menos el 85% del capital aportado. Este nuevo producto con incentivos fiscales será una alternativa a los fondos de inversión para los ahorradores que no quieran arriesgarse y permitirá a las entidades financieras captar recursos más fácilmente ahora que viene una etapa de baja remuneración en los depósitos y tras haber perdido las cuentas ahorro vivienda.

Las plusvalías a corto plazo -aquellas cuyo periodo de generación es inferior a un año- se ven beneficiadas en la reforma porque se incorporan en la base imponible del ahorro las ganancias y pérdidas patrimoniales cualquiera que sea el plazo de permanencia en el patrimonio del contribuyente, al tiempo que se podrán compensar en la base del ahorro rendimientos con ganancias y pérdidas patrimoniales, de forma progresiva y con determinadas limitaciones. Hasta ahora, las plusvalías a corto plazo se integraban con las rentas del trabajo e iban al marginal de la tarifa general, más elevado que el tipo de las rentas de capital. También se suprimen los coeficientes de abatimiento y de corrección monetaria.