El Supremo apoya la adopción pese al 'síndrome de nido vacío'
MADRID. Actualizado: GuardarEl Tribunal Supremo ha declarado idónea para la adopción internacional de niños a una pareja excluida del proceso por tener 'síndrome de nido vacío' y preferir una niña a un niño. La Sala I deja sin efecto la resolución de la Dirección General de Familia de Castilla-La Mancha de enero de 2011, que extinguió la declaración de idoneidad de la pareja y canceló su inscripción en el registro de adopciones.
En noviembre de 2005, la misma entidad declaró que eran idóneos para la adopción de un menor chino de cero a tres años. Sin embargo, la administración cambió el criterio pese a que el informe psicosocial destacaba que no se había producido ningún inconveniente relacionado con la capacidad y aptitud de los solicitantes. Únicamente justificó la falta de idoneidad en que la motivación para adoptar no era la adecuada ya que los padres tenían 'síndrome de nido vacío' y manifestaron preferir una niña.
El Supremo resalta que no consta que la motivación de la pareja hubiese variado respecto de la que tenían cuando fueron considerados idóneos en 2005, y dijeron que su deseo era ampliar la familia, volver a ser padres y dar un nuevo hermano a los hijos que ya tienen.