ESPAÑA

El Ejecutivo aborta la idea de Botella y Fernández de limitar las manifestaciones

Los letrados del Gobierno ya avisaron en 2012 que los 'manifestódromos' en el extrarradio «colisionan frontalmente» con la Constitución

MADRID. Actualizado: Guardar
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El Gobierno no va a plantearse una reforma de la Ley Orgánica 9/1983 que regula los derechos de reunión y manifestación. Unas modificaciones que sabe que le llevarían con toda seguridad a otro revolcón jurídico como el que el jueves le dio el Consejo General del Poder Judicial a cuenta del antepoyecto de la Ley de Seguridad Ciudadana. El Ejecutivo, especialmente la vicepresidenta y el titular de Justicia, han frenado las pretensiones del ministro del Interior y de la alcaldesa de Madrid para promover un «inviable» cambio normativo a fin de limitar las protestas y, sobre todo, trasladarlas al extrarradio de las ciudades o hacia áreas en las que se reduzcan las molestias para el resto de ciudadanos, los transportes y el turismo.

Soraya Sáenz de Santamaría fue clara tras el Consejo de Ministro: el Ejecutivo ni ha reclamado ningún informe a la Abogacía del Estado ni «está trabajando en ese sentido». La número dos del Gobierno, aunque no quiso desautorizar expresamente a Ana Botella y a Jorge Fernández -los dos responsables políticos que con más vehemencia reclaman la creación de 'manifestódromos' que saquen las protestas del centro de las ciudades- salió en defensa del actual marco normativo. «En cada manifestación analizamos en qué manera esos itinerarios perjudican lo menos posible al resto de ciudadanos. Reconociendo el derecho de manifestación, la Delegación de Gobierno, en ocasiones avalada por los tribunales, ha tratado de reconciliar ambos conceptos y es en lo que estamos trabajando», apuntó la vicepresidenta.

La alcaldesa de Madrid, a pesar de todo, insistió ayer en la necesidad de proteger ciertos «entornos, que no bienes históricos», de las manifestaciones. Es más, propuso acotar espacios en las ciudades en los que se podrían limitar las manifestaciones, como dijo que ocurre en París, con tres criterios: los ejes estratégicos de transporte, las áreas de afluencia turística y las zonas históricas. El jueves el ministro del Interior dijo que resultaría «muy atinado» circunscribir el derecho constitucional a manifestarse a «un lugar específico» ya que «ningún derecho es absoluto».

Lo cierto es que el rechazo del Ejecutivo central a tocar la ley de 1983 no es nuevo. En otoño de 2012, al calor de las primeras manifestaciones de indignados, Botella, la delegada del Gobierno de Madrid, Cristina Cifuentes, y el presidente de la comunidad, Ignacio González, ya quisieron abrir el debate de cambiar una legislación que consideraban «muy permisiva» para «modular» con una nueva norma el derecho a manifestación, en palabras de la regidora madrileña.

Advertencia

Ya entonces, los letrados de Justicia e Interior advirtieron varias veces que la idea de crear 'manifestódromos' en el extrarradio a través de una ley orgánica «colisionaba frontalmente» con la Constitución. Según informaron ayer diversas fuentes gubernamentales, en septiembre y octubre de 2012 sí que se que se hicieron consultas informales a diversos abogados del Estado para estudiar si era posible incluir en la ley que la Administración pudiera fijar «itinerarios alternativos» . Todos los expertos consultados llegaron a la misma conclusión, la idea era inviable.

Los documentos, ahora desempolvados, y que entonces convencieron de inmediato a Justicia y a Presidencia para olvidarse de la idea eran contundentes. En primer lugar los juristas del Estado avisaron de que el Tribunal Constitucional, invariablemente, en todas sus resoluciones hace siempre una interpretación extensiva del derecho fundamental de manifestación frente a cualquier otro razonamiento.

Y todo ello, apuntaban los expertos, porque el artículo 21 de la Carta Magna, que reconoce «el derecho de reunión pacífica y sin armas», es rotundo al afirmar que solo cabe prohibir una manifestación cuando «existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes».

Los abogados del Estado adscritos a Interior y Justicia ya explicaron a los responsables de ambos departamentos que la Ley Orgánica de 1983 está «encorsetada» precisamente porque no cabe mucha interpretación de ese artículo 21.

Esa norma insiste, en una línea absolutamente concordante con la Constitución, que la «autoridad gubernativa» solo puede «prohibir la reunión o manifestación o, en su caso, proponer la modificación de la fecha, lugar, duración o itinerario de la reunión o manifestación» cuando existan «razones fundadas de que puedan producirse alteraciones del orden público, con peligro para personas o bienes». Y no simplemente porque la manifestación provoque molestias.