La Ley de Desindexación de Precios pasa al Congreso
El Consejo de Ministros aprueba el proyecto con el que se busca evitar los rebotes automáticos de la inflación dentro de los servicios públicos
MADRID. Actualizado: GuardarLa Ley de Desindexación -cuyo proyecto fue aprobado ayer por el Consejo de Ministros y pasará ahora al Congreso para su tramitación parlamentaria- supondrá que a partir de 2014 el IPC dejará de ser el indicador de referencia a la hora de revisar los precios de los servicios y contratos públicos. El Gobierno pretende con ello «contribuir a la estabilidad» de la inflación y a «la mejora de la competitividad».
En la actualidad, los precios de servicios como la telefonía, el agua, el transporte público o los servicios postales se actualizan conforme al IPC y, en algunos casos, otra serie de factores. A partir de la aprobación definitiva de la nueva ley -probablemente en primavera-, como norma general se aplicará la no indexación al IPC «o una evolución de los precios y rentas distinto».
Los incrementos tendrán que estar justificados por los costes que supone la prestación de los servicios. Por ejemplo, si hasta ahora la revisión de las tarifas de los billetes de autobús interurbano se calculaba con el IPC más otra serie de indicadores (coste del carburante, número de viajeros, etcétera), a partir de 2014 sólo se tendrán en cuenta estos dos últimos factores.
Sin embargo, quedan excluidos de esta norma la negociación salarial colectiva (tanto en el ámbito privado como para el personal laboral del sector público), las pensiones y los instrumentos financieros. En cuanto a los contratos públicos, se modifica la norma vigente para que la pauta general sea también la no indexación. Las excepciones al respecto «tendrán que estar autorizadas y justificadas por los costes».
El Ejecutivo estima que los gastos de bienes y servicios regulados que afectan a los hogares suponen el 7% del total (unos 36.000 millones de euros anuales, el 3,5% del PIB). Para el sector privado, la nueva ley será sólo orientativa: se crea un Índice de Garantía de la Competitividad (IGC) aplicable a las partes «que voluntariamente los acuerden» de cara a su revisión de precios.