Basura acumulada en una papelera de Madrid durante la huelga de limpieza de la pasada semana. :: ALBERTO FERRERAS
Economia

Rajoy anuncia una ley para regular los servicios mínimos en las huelgas

Los sindicatos critican legislar «en caliente» y denuncian que busca entorpecer el derecho de huelga mientras que la patronal lo aplaude

MADRID. Actualizado: Guardar
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El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, anunció ayer que ha encargado al Ministerio de Empleo estudiar la elaboración de una ley de servicios mínimos «para que se cumplan». La declaración de Rajoy se produce tras pedir la alcaldesa de Madrid, Ana Botella, una ley de huelga, después de una huelga de limpieza en la capital que duró casi dos semanas. «De lo que soy partidario es de una ley de servicios mínimos para que se cumplan», aseguró el presidente del Gobierno en una entrevista en RNE. Sus palabras despertaron rápidamente todo tipo de reacciones. Desde la patronal, el vicepresidente de CEOE, Arturo Fernández, lo calificó de «buena decisión» y señaló que «siempre» que hay una huelga -en referencia a la de limpieza- se empieza a pensar que «hay que modificar» la regulación de los mínimos.

Precisamente de «legislar a golpe de calentones» es de lo que acusó a Rajoy el secretario general de CC OO, Ignacio Fernández Toxo, para quien es «inoportuna» la propuesta de aprobar una Ley de Servicios Mínimos. Toxo afirmó que su objetivo es «entorpecer el derecho de huelga». Según el líder de CC OO, Rajoy conoce la disposición de los sindicatos desde hace muchos años a «discutir en frío los servicios mínimos en relación con los servicios básicos de la ciudadanía». «Pero no es al calor de un conflicto y por las presiones de los sectores más extremos de su propio partido que este tema deba resolverse», apostilló.

Por su parte, UGT consideró «sorprendente» el anuncio y señaló que no ve prioritaria una Ley de Servicios Mínimos. Cualquier regulación de un derecho fundamental debe contar con el acuerdo de los sindicatos, precisó, ya que «imponer este tipo de normas sería claramente antidemocrático». A juicio del sindicato que lidera Cándido Méndez, «lo mejor es la autorregulación», y puso como ejemplo la experiencia en el sector del transporte, donde recientemente hubo huelga en Renfe sin que tuviera gran incidencia.

En el plano político, al presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, le pareció «razonable concretar y especializar» los servicios mínimos en determinadas huelgas, como las que puedan afectar a los servicios públicos esenciales y las relacionadas con la salud de las personas. Y el presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, consideró «acertadísima» la medida ante el «reiterado incumplimiento» de los servicios mínimos que los piquetes «no respetan» vulnerando «permanentemente el derecho de los ciudadanos que no quieren ir a la huelga o a los que se les impide desarrollar sus actividades normales». Por el contrario, la portavoz del Grupo Socialista en el Congreso de los Diputados, Soraya Rodríguez, acusó a Rajoy de pretender hacer una «ley de huelga encubierta». En opinión de Rodríguez, como Rajoy «no tiene valentía para decirlo» ha anunciado una ley de servicios mínimos.

Regulación

El derecho a huelga en España está reconocido en el artículo 28.2 de la Constitución Española: «Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad». Además, el Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho de huelga en su artículo 4. Un decreto preconstitucional, el Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo de Relaciones de Trabajo, es la única norma que regula las huelgas determinando cuáles se consideran ilegales y estableciendo el preaviso para garantizar servicios mínimos en los servicios públicos. «Cuando la huelga se declare en empresas encargadas de la prestación de cualquier género de servicios públicos o de reconocida e inaplazable necesidad y concurran circunstancias de especial gravedad, la autoridad gubernativa podrá acordar las medidas necesarias para asegurar el funcionamiento de los servicios. El Gobierno, asimismo, podrá adoptar a tales fines las medidas de intervención adecuadas», señala el real decreto.

La aplicación de servicios mínimos ha sido llevada muchas veces ante los tribunales cuando los sindicatos los han considerado abusivos y en muchas de ellas han ganado. El Tribunal Constitucional ha sentenciado que los servicios mínimos deben ser motivados y que requieren la imparcialidad del órgano que los establece.