Mostrar fotos de reclusos de ETA no es enaltecimiento
MADRID. Actualizado: GuardarEl Tribunal Supremo ha confirmado la absolución de cuatro participantes en la carrera popular 'Korrika 2011' que exhibieron fotos de presos de la banda terrorista ETA porque sus conductas, aunque estén «teñidas de ambigüedad», no pueden considerarse de forma «inequívoca» como una forma de reivindicación del terrorismo.
La Sala de lo Penal ha desestimado el recurso interpuesto por la Fiscalía contra la sentencia dictada en marzo por la Audiencia Nacional que absolvía a Amaia Osa Gómez, Iñaki Manuel Ecenarro, Sebastián Echevarria y Joseba Garitaondia de un delito de enaltecimiento del terrorismo.
Los magistrados del alto tribunal entienden que los actos de los portadores de las pancartas, por más que resulten «sugestivos de cierta sintonía personal o política» con los condenados por terrorismo que aparecían en las imágenes, lo cierto es que ni en ellas ni en sus eslóganes «cabe ver una concreta exaltación de las acciones criminales atribuidas a los mismos». «Lo que también resulta, y es importante, del contexto, que fue un acto, no exento, claro está, de connotaciones políticas pero esencialmente cultural», apunta la resolución.