La indemnización del primer ejecutivo requerirá dos tercios del consejo
La CNMV propone más transparencia y control en la política de retribuciones de los consejeros, que será sometida a los accionistas
MADRID. Actualizado: GuardarLa presidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Elvira Rodríguez, elevó ayer al Ministerio de Economía sus propuestas normativas en materia de gobierno corporativo, que el Ejecutivo se comprometió a trasladar al ordenamiento jurídico en un plazo no superior a dos meses, cuando creó la comisión de expertos el pasado mayo.
Entre ellas se encuentra la obligación, en el caso de sociedades cotizadas, de que la junta de accionistas apruebe la política de retribuciones de la compañía «al menos cada tres años», como punto separado del día; en ella se incluirá la remuneración total a los consejeros y el sistema de remuneración de los consejeros ejecutivos (descripción de los componentes, cuantía global de la retribución fija, parámetros por los que se fijan el resto de componentes, las primas y las indemnizaciones). La ley deberá incluir, según el informe, normas que sirvan para adecuar las remuneraciones a la realidad económica societaria. Cualquier modificación de esta política requerirá la aprobación de la junta, aunque será el consejo de administración el que decida la distribución individual.
Si el voto de la junta es negativo, «deberá realizarse una nueva propuesta de política de retribuciones que se verá en la siguiente junta general». Otra novedad es que, al igual que ocurre con el sueldo, se necesitará el voto favorable de dos terceras partes del consejo de administración para aprobar la indemnización en caso de cese fijada en el contrato del consejero delegado u otro con funciones ejecutivas, o las cantidades a abonar por la sociedad en concepto de primas de seguro o de contribución a sistemas de ahorro. Además, la comisión de expertos incluye la figura obligatoria del consejero independiente coordinador cuando coincidan en una misma persona los cargos de presidente y consejero delegado. El consejero coordinador tendrá funciones propias y podrá incorporar asuntos al orden del día o convocar al consejo. Por su parte, los consejeros independientes no podrán realizar operaciones «significativas» con la empresa de la que sean consejeros, aunque la CNMV no concreta qué se entenderá por significativas.
Asimismo, los expertos defienden que se reduzca de seis a cuatro años el plazo para el que son elegidos los consejeros, aunque no establece límites a su reelección. No se exigirá un porcentaje concreto de representación de mujeres en el consejo, aunque se reconoce la «relevancia» de ello.