Dos semanas para poder reclamar por una compra en internet
El usuario estará protegido de las cargas encubiertas y solo quedará vinculado a una oferta por escrito
MADRID. Actualizado: GuardarCuando el huracán de la crisis económica más ha azotado a las economías familiares, los españoles se han buscado la vida para ahorrarse el máximo dinero posible. Y han encontrado en internet el zoco para cubrir sus necesidades con sus menguados bolsillos. El negocio en la red no ha dejado de crecer desde entonces. En el primer trimestre de este año, el comercio electrónico en España alcanzó un volumen de negocio de 2.822 millones, un 15,1% más que el mismo trimestre que el año pasado con un total de 43,5 millones de operaciones, según el informe 'e-commerce' de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones. Este aumento de las compras electrónicos también ha provocado, a su vez, que las normativas sobre consumo se deban actualizar ante «estas nuevas realidades», como las denominó ayer Ana Mato.
La ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad presentó tras el Consejo de Ministros la modificación de la ley para la defensa de los consumidores, centrada en las compras cibernéticas para evitar las «situaciones de desprotección de los consumidores». Según explicó Mato, el proyecto de ley se basa en tres patas. La primera, la información: el Gobierno quiere que todos los datos que ofrezcan las empresas sobre sus productos sea «clara y comprensible». La segunda pata es el ahondamiento en el derecho de desistimiento que se va a ampliar. Los compradores podrán renunciar o desistir de un contrato en catorce días y no en siete como estaba marcado hasta la fecha. En el caso de que no se haya informado sobre esta condición contractual, el plazo se amplía de forma automática a doce meses. La nueva norma, además, incorporará un formulario de desistimiento común en Europa, que facilita el ejercicio de este derecho y que se tendrá que facilitar junto con la información previa al contrato. La última pata son nuevos derechos en la forma y los plazos de entrega y el riesgo de pérdida o deterioro.
Por otra parte, Mato insistió en que su departamento ha trabajado para poner fin a las cargas encubiertas en los pedidos de internet. De esta manera, el empresario tendrá que velar porque el consumidor, al realizar un pedido a través de la red, confirme que es consciente que éste implica una obligación de pago. «El usuario tendrá que aceptar el precio final antes de que concluya la transacción», apuntó la titular de Sanidad tras la reunión semanal del Ejecutivo. También se establecen nuevas pautas sobre las cargas adicionales. En el caso de que la empresa decida habilitar una línea telefónica para comunicarse con sus clientes, su tarifa no puede ser superior a la básica.
En cuanto a los contratos telefónicos, las compañías de telecomunicaciones deberán formalizar sus ofertas por escrito o en un soporte duradero si el consumidor está de acuerdo. Además, la oferta no será vinculante hasta que el consumidor haya firmado la oferta o enviado su acuerdo por escrito, ya sea en papel, por fax o correo electrónico. Unas medidas que para las organizaciones de consumidores todavía son insuficientes. «Esta ley corre el riesgo de quedarse en papel mojado, al igual que otras leyes para proteger al consumidor. Deja a muchas empresas de determinados sectores con total impunidad que cuentan con muchos incumplimientos legales, pero no les va a pasar nada, solo pequeñas sanciones que además son secretas», alertó Rubén Sánchez. El portavoz de la Facua comentó que el proyecto gubernamental «se queda extraordinariamente corta» y pidió «más voluntad política» para abordar este asunto. «Hay muchos consumidores que sufren fraudes de empresas en sectores estratégicos y hay que garantizar una indemnización», apuntó Sánchez.
Por su parte, la OCU también insistió en que queda «mucho margen de mejora», como una regulación concreta sobre la forma de envío de facturas al consumidor o el establecimiento de controles sobre la aplicación de la norma. Además, esta organización de consumidores indicó en un comunicado la necesidad de «profundizar en la figura de la sanción con carácter resarcitorio» y que el consumidor goce de un derecho preferente de cobro.
«Las garantías siguen siendo la cenicienta de la norma: la regulación actual es lamentable, ambigua y poco aplicable. Hay que mejorar todo lo relativo a las constantes reparaciones del producto que no tiene por qué soportar el usuario en periodo de garantía. Hasta que no se aborde este tema, no se podrá decir que la ley es efectiva porque protege y defiende a los consumidores», sentencia la OCU.