El ministro de Economía, Luis de Guindos, a su llegada al Congreso en una imagen de archivo. :: EFE
Economia

Economía admite que algunos precios podrán subir por encima del IPC tras su desindexación

La reforma afectará a lo que pagan los usuarios por transporte público, peajes, multas, energía, productos farmacéuticos, indemnizaciones y tasas

MADRID. Actualizado: Guardar
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El Gobierno cree que la ley de desindexación de la economía española que prepara para desvincular la evolución de los precios públicos del IPC y ligarlos estrictamente a los costes de producción o de prestación del servicio podría derivar en incrementos de precios por encima de la inflación. Es el caso de los precios regulados de servicios como el transporte público o de determinados suministros, cuya sujeción estricta a elementos tan volátiles como la energía podría derivar en subidas por encima de nivel general de precios.

Fuentes del Ministerio de Economía reconocieron que al ligar los precios objeto de revalorización a la evolución de los costes de producción o de prestación del servicio «puede haber casos en que la variación sea desfavorable» para el consumidor. Serían, sin embargo, fenómenos puntuales y motivados por causas extraordinarias, como podría ser por ejemplo una crisis energética. El departamento que dirige Luis de Guindos calcula que, en general, desindexar la economía española respecto de la inflación repercutirá en un mayor ahorro para las familias.

Según cálculos oficiales, en el escenario actual de moderación de rentas los gastos regulados absorben al año en torno al 7% del presupuesto de los hogares españoles, unos 36.000 millones de euros (el 3,5% del PIB). Economía resaltó que si la inflación registrada a finales de año estuviera en el entorno del 2% -objetivo fijado por el BCE- el impacto de la desindexación sería un ahorro de 700 millones de euros. Pero si cuando esté en vigor la ley en 2014 la inflación evolucionara de forma similar a como lo ha hecho este año (el Gobierno calcula que estará por debajo del 1% al cierre del ejercicio) ese potencial ahorro se vería reducido también la mitad.

Conceptos excluidos

El anteproyecto de ley de desindexación busca contribuir a la estabilidad de precios mediante su desvinculación del IPC de las rentas (por ejemplo de origen inmobiliario como los alquileres), precios regulados y otros conceptos de la administración. Quedan excluidos la negociación salarial (tanto en el ámbito privado como en el sector público), las pensiones, impuestos e instrumentos financieros.

Como consecuencia de la entrada en vigor de la reforma no se actualizarán conforme al IPC los precios regulados (energía, productos farmacéuticos, servicio postal, servicio universal de telecomunicaciones, transporte urbano, transporte público regular de viajeros por carretera, etc.). El cambio normativo afectará también a los precios de los peajes, a algunas tasas indexadas (como las fijadas para la expedición de títulos educativos), a algunas indemnizaciones, multas y cánones.

A partir del 1 de enero toda revisión de precios regulados deberá estar justificada por la evolución de costes y no por la inflación general. El Ejecutivo busca así eludir los llamados efectos de segunda ronda, es decir, la traslación de las subidas del IPC a toda la cadena de formación de valor de un producto o servicio. A modo de ejemplo, las fuentes gubernamentales consultadas explicaron que se pretende que en la subida del billete de autobús influya «el encarecimiento de la prestación de ese servicio, pero no el de las lechugas y otros productos».

Para los contratos se sustituye el IPC por un Índice General de Competitividad (IGC) que publicará cada mes el INE y que debería servir de referencia también para los acuerdos entre privados. Se calcula a partir de una fórmula que pasa por restar al Índice de Precios Armonizado (IPCA) de la zona euro un factor 'X' determinado por la competitividad perdida, ponderada por un factor alfa, que determina la velocidad con que se debe recuperar. Para hacer las actualizaciones se tomará la variación del IGC del período, con un techo del 2% y un suelo del 0%.