Baltasar Garzón tampoco logra recusar a De los Cobos
El Constitucional rechaza revisar sin su presidente la inadmisión del recurso del exjuez contra la sentencia del Supremo que le inhabilitó
MADRID. Actualizado: GuardarLa doctrina marcada la semana pasada por el Tribunal Constitucional sobre la total compatibilidad de que sus magistrados estén afiliados a partidos políticos es una pared contra la que se estrellarán todos los que intenten recusar a su presidente por este motivo.
Tras el portazo a la aspiración de la Generalitat y el Parlamento de Cataluña de apartar a Francisco Pérez de los Cobos -exmilitante del PP- de los 26 procedimientos que tienen en la corte con el Gobierno y los populares como contraparte, ayer el «no» le tocó al exmagistrado Baltasar Garzón.
El tribunal, en este caso por unanimidad, rechazó la pretensión del exjuez, quien pidió que la corte anulase la providencia por la que el 22 de julio pasado rechazó su recurso de amparo contra la sentencia del Tribunal Supremo que le expulsó de la carrera al inhabilitarle durante 11 años por un delito de prevaricación. Garzón planteaba este incidente de nulidad de las actuaciones por considerar que la militancia de De los Cobos vulneraba su derecho a un juez imparcial, ya que su condena fue por realizar unas escuchas ilegales a los abogados de los imputados en la trama 'Gürtel', red vinculada con numerosos cargos públicos del PP.
El exjuez, por este motivo, pedía que el tribunal revisase de nuevo su recurso de amparo contra el fallo del alto tribunal, pero, en este caso, con la abstención del presidente del Constitucional.
La corte, en un auto que se remite literalmente a los argumentos del ya dictado contra las pretensiones de las instituciones catalanas, recuerda a Garzón que los magistrados del Constitucional pueden estar afiliados a partidos políticos siempre que no ocupen en ellos cargos dirigentes, por lo que no hay causa alguna que justifique la abstención de De los Cobos.
Sin embargo, en este caso, la causa fundamental para descartar la pretensión de Garzón es de corte técnico, sin relación directa con la antigua militancia política de De los Cobos. Esto explica que estén de acuerdo hasta los dos magistrados que la vez anterior discreparon de la mayoría.
El tribunal recuerda a Garzón que sus resoluciones firmes, como lo fue la inadmisión de su recurso de amparo, no son revisables ni anulables por procedimiento alguno, ni siquiera por los propios magistrados de la corte, que solo pueden aclararlas o corregir errores materiales.