Menos años exigidos y pensión más baja para trabajadores a tiempo parcial
La Seguridad Social propone un «coeficiente de parcialidad» según la jornada y abre la puerta a recortar complementos a mínimos
MADRID. Actualizado: GuardarEl Gobierno ya ha enviado a los agentes sociales su propuesta de reforma de las condiciones de cobro de la pensión para los trabajadores a tiempo parcial, así como de los subsidios por incapacidad temporal y maternidad. Con ella intenta garantizar la proporcionalidad del cómputo de días cotizados, el plazo exigido para acceder a pensión y la cuantía de la misma entre trabajadores a tiempo parcial y contratados a tiempo completo. El Ejecutivo estaba obligado a modificar la normativa tras la sentencia del Constitucional que anuló el sistema vigente desde 1998 por considerarlo contrario al principio de igualdad.
El Ministerio de Empleo advierte a sindicatos y patronal que no se puede modificar únicamente la regla declarada inconstitucional sino que también hay que cambiar las normas sobre el cálculo y determinación de las prestaciones. La propuesta del Gobierno se basa en reducir proporcionalmente los años exigidos para acceder a la pensión, y recorta, en la misma proporción, la cuantía de la prestación.
Mientras un trabajador a tiempo completo debe cotizar como mínimo 15 años para tener derecho a pensión, a un trabajador a media jornada le bastarían siete años y medio calculados a jornada completa -que equivaldrían a 15 años a jornada parcial-; si el trabajo fuera por un tercio de la jornada bastarían cinco años de cotización completa, que corresponderían a 15 años naturales. A la hora de computar lo que se denomina el periodo de carencia, se calcula como día cotizado una jornada completa, por lo que en un trabajo a media jornada necesitaría dos días trabajados al 50% para tener un día completo. Los días cotizados se calcularán de forma individual en función de la jornada realizada y el periodo en que se haya permanecido con esa jornada. Es lo que se llama «coeficiente de parcialidad».
Tiempo y cuantía
Ese mismo coeficiente se aplicará a la base reguladora para calcular la cuantía de la pensión. Lo primero que hay que explicar es que en un trabajador a tiempo completo, la prestación se determina con un porcentaje en función de los años cotizados (el 50% si se han cotizado solo 15 años, el 72% si se han cotizado 25 años y, así, sigue incrementándose según la vida laboral). La escala se aplicaría a los días «efectivamente cotizados» por el trabajador a tiempo parcial, de manera que con 15 años cotizados de media jornada (lo que equivale a siete años y medio efectivos) la cuantía de la pensión resultante sería la mitad que la del trabajador a tiempo completo.
El Gobierno abre la puerta a recortar los complementos a mínimos dirigidos a los trabajadores a tiempo parcial para «salvaguardar la proporcionalidad entre el esfuerzo contributivo y las prestaciones a percibir». El informe se propone «reflexionar sobre el acceso a los complementos a mínimos de pensión para evitar agravios comparativos entre trabajadores con esfuerzos contributivos distintos», pero detrás está el riesgo de que trabajando y cotizando por una jornada muy reducida se llegue a cobrar la misma pensión que un trabajador a tiempo completo por el efecto de los complementos a mínimos, lo que podría incentivar la economía sumergida.
En el momento de dar de alta a un trabajador a tiempo parcial, el empresario comunicará a la Seguridad Social el coeficiente de parcialidad que se aplicará a todos los días trabajados a tiempo parcial, que se se sumarán a los días trabajados a tiempo completo.
La nueva normativa se aplicará a trabajadores a tiempo parcial y fijos discontinuos del régimen general, de la minería del carbón, del mar y a los empleados de hogar, pero no a los trabajadores con contratos de duración determinada (hostelería de fin de semana). El ministerio asegura que la nueva fórmula facilitaría el acceso a las prestaciones a un mayor número de trabajadores. Señala que con el nuevo sistema de cálculo de la carencia necesaria, un 39,4% de los expediente denegados en 2012 hubieran obtenido pensión.
Para los trabajadores cuyas cotizaciones hayan sido tan escasas en tiempo y cuantía que les saldría una pensión ínfima -por ejemplo, de 20 euros mensuales- la Seguridad Social estudia capitalizarles ese dinero y entregarles en un solo pago la suma de lo que hubieran cotizado.