El Constitucional mantiene la suspensión del euro por receta
Antepone el derecho a la salud y pretende evitar perjuicios a los usuarios y a las administraciones si acuerda que la tasa no es acorde con la legalidad
Actualizado: GuardarEl euro por receta no será por el momento una realidad en ninguna comunidad autónoma. El Tribunal Constitucional ha acordado prorrogar la suspensión cautelar de la tasa en la Comunidad de Madrid, como hizo el mes pasado con Cataluña, para proteger el derecho a la salud de los ciudadanos y evitar «perjuicios de difícil reparación», en el caso de que acuerde la inconstitucionalidad de la medida.
El pasado mes de enero, el pleno del Constitucional acordó la suspensión del euro por receta para Madrid durante cinco meses, tras recibir el recurso presentado por el Gobierno. Cumplido el plazo y, pese a que la administración autonómica reclamó el levantamiento de la medida, la nueva resolución explica que hay que ponderar los intereses de la sostenibilidad del sistema sanitario público y la obligación de garantizar derecho a la salud de los ciudadanos, consagrado en el artículo 43 de la Constitución.
Así, el pleno establece que junto al derecho a la salud, la Carta Magna también protege en su artículo 15 el derecho fundamental a la vida y a la integridad física y moral, por lo que «resulta evidente que los intereses generales y públicos, vinculados a la promoción y garantía del derecho a la salud, son intereses asociados a la defensa de bienes constitucionales particularmente sensibles». Por ello considera que la imposición del euro por receta, «a pesar de la reducida cuantía de la tasa, puede ésta erigirse en barrera que impida el acceso a la prestación farmacéutica de los usuarios con menos recursos y mayores necesidades, puesto que se suma a la aportación (copago) regida por la legislación estatal, lo que puede suponer riesgos irreparables para la salud, riesgos concentrados en quienes tienen mayor necesidad de la asistencia farmacéutica».
Como ya dijo el tribunal en el caso de Cataluña, el perjuicio económico que para el control del déficit supondría no levantamiento de la suspensión «parece claro», pero a renglón seguido advierte de que «no puede quedar desvirtuado por el efectivo perjuicio que pudiera derivarse para los usuarios del sistema de salud, al incrementarse el porcentaje de copago».
Devolución imposible
En uno de los últimos autos en los que participará Pascual Sala como presidente del mismo, el pleno anuncia que ahora tendrá que entrar a estudiar a fondo cada uno de los argumentos presentados por las comunidades autónomas y la abogacía del Estado, pero que hasta que llegue el fomento del fallo definitivo procede mantener la suspensión, dado que al cobrar la tasa en el momento de dispensar el medicamento recetado, «sería virtualmente imposible la restitución al beneficiario de la prestación» de la cantidad económica cobrada durante el tiempo que dure la tramitación del recurso «en la eventualidad de que fuera declarada inconstitucional y nula» la medida.
Además, los jueces advierten de que restituir el dinero cobrado tendría un «carácter excesivamente oneroso» y supondría «molestias y costes» tanto para los ciudadanos como para las administraciones autonómicas, «que se vería obligada a arbitrar un procedimiento de devolución individualizado con unos costes de gestión que, incluso, podrían llegar a superar la cuantía recaudada» con el euro por receta. Y destaca que el número de sujetos pasivos afectados tendría «carácter masivo», como se desprende además del escrito presentado por la Asamblea de Madrid, que considera que la tasa se aplicaría con ocasión de la emisión de un número de recetas, cuyo importe total se estima que pueda ascender a 81.511.733 euros.
La resolución del Constitucional hizo sonar rápidamente las alarmas en la Comunidad de Madrid. El consejero de Presidencia y de Justicia, Salvador Victoria, advirtió de que el auto no tiene «carácter retroactivo», por lo que no tendrá que devolver el dinero recaudado durante casi un mes con el euro por receta.