El Supremo abre procedimiento a un juez por asesorar en el 'caso ITV'
El magistrado cenó dos veces, intercambió correos y fue de vacaciones con dos empresarios implicados
BARCELONA. Actualizado: GuardarEl 'caso de las ITV', la derivada catalana del proceso Campeón, no solo amenaza con llevarse por delante la carrera política del líder nacionalista Oriol Pujol, sino también la de un juez del Tribunal Superior de Cataluña.
El Supremo dictó ayer un auto en el que sostiene que hay indicios para que el fiscal pueda acusar al juez Joaquín Ortiz Blasco de haber asesorado a dos empresarios imputados en el sumario ITV sobre recursos que él mismo tenía que resolver.
El Alto Tribunal solicita a la Fiscalía que en diez días solicite la apertura del juicio oral, que llevaría al juez al banquillo, o pida el sobreseimiento. La causa contra el juez es una de las partes del caso ITV que investiga, entre otros, a los empresarios, Sergi Pastor, Sergi Alsina y Ricard Puignou, y dos ex altos cargos de la Generalitat, que supuestamente trataron de amañar a su favor con la presunta colaboración de Pujol un concurso de estaciones de ITV, que estaba recurrido judicialmente. Uno de los que impugnó aquella adjudicación fue Puignou, quien pidió una suspensión cautelar del concurso. El magistrado que dictaminó esa medida fue Ortiz, presidente de la sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, la encargada de decidir si las concesiones eran legales.
Según el sumario, el magistrado presuntamente asesoró a dos de los empresarios, Puignou y su socio Enric Marugán, cuando la empresa de ambos, Certio ITV, presentó el recurso. Se sospecha que el juez habría supervisado el borrador del recurso y además los empresarios habrían contactado con Ortiz para buscar «la fórmula más rápida y buena» en la alegación. Así, entre 2010 y 2011, el magistrado y Puignou celebraron al menos dos reuniones, intercambiaron correos electrónicos y se fueron juntos de vacaciones.
El Supremo imputa al juez un delito de actividades prohibidas a los funcionarios y de abusos en el ejercicio de su función porque «no es posible (tener) reuniones privadas con una de las partes interesadas».