Economia

Los proveedores tienen hasta el 22 de marzo para reclamar el pago de sus facturas

Deben solicitar ser incluidos en el listado de comunidades autónomas y ayuntamientos y asumen la renuncia al abono de intereses

MADRID. Actualizado: Guardar
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Los proveedores que quieran cobrar facturas pendientes de Comunidades Autónomas y ayuntamientos acogiéndose a la extensión del Plan de Pago a Proveedores tienen hasta el próximo viernes 22 de marzo para solicitar ser incluidos en el listado de facturas de la entidad local o autonomía.

Se trata de un requisito imprescindible para que se les abonen las cantidades adeudadas. Para ello, deberán acudir a los ayuntamientos, mancomunidades o comunidades autónomas de los que son acreedores y hacerlo de forma presencial. El ayuntamiento o la autonomía emitirán un certificado individual de reconocimietno de la obligación. También pueden hacerlo por vía telemática a través de la web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es). La solicitud implica que el proveedor renuncia a cobrar intereses y otros gastos.

La extensión del Plan de Pago a Proveedores se aprobó el pasado 23 de febrero con una dotación de más de 2.600 millones de euros y servirá para pagar facturas contabilizadas antes del 1 de enero de 2012. Los proveedores cobrarán en la primera quincena de junio.

Nuevos contratos

A la nueva fase del pago a proveedores se pueden acoger las mancomunidades de municipios y entidades del País Vasco y Navarra, que quedaron fuera en el primer Plan de Pago a Proveedores, así como municipios y comunidades que tengan deudas con proveedores a través de concesiones administrativas, encomiendas de gestión, arrendamientos de inmuebles, convenios, contratos de colaboración público-privada o determinados contratos de concesión de obras públicas y de gestión de servicios públicos, fórmulas contractuales que no se aceptaron en la primera fase.

También los contratistas que no aceptaron en abril de 2012 el pago de las facturas pendientes a través de este procedimiento pueden ahora, hasta el 22 de marzo, dirigirse a la entidad local o comunidad autónoma para aceptarlo.

La razón de no suscribirlo en aquel momento fue que tenía que renunciar a cobrar los intereses y otros gastos, condición que se mantiene inalterable igualmente en esta ocasión. Los plazos para la segunda fase del mecanismo de pago a proveedores son los siguientes:

Hasta el 22 de marzo el proveedor consulta el listado de facturas de la comunidad y acepta el pago de la deuda renunciando a los intereses o solicita ser incluido en el listado de facturas de la entidad local aceptando igualmente el pago de la deuda sin intereses.

Antes del 29 de marzo la comunidad autónoma o la entidad local remite al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas el listado de facturas.

Antes del 15 de abril la comunidad autónoma o el ayuntamiento presenta el plan de ajuste o su revisión. Y, finalmente, el pago se realiza en la primera quincena de junio. El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas facilita en su página web www.minhap.gob.es/es-ES/Paginas/20130222_Proveedores.aspx) toda la información actualizada y permite suscribir alertas para conocer las novedades del procedimiento extraordinario de pago a proveedores.