ESPAÑA

El juez podrá inhabilitar a cargos públicos imputados

La ley de Enjuiciamiento prevé apartar de forma temporal a los funcionarios sobre los que pesen indicios claros de culpabilidad

MADRID. Actualizado: Guardar
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Los jueces podrán inhabilitar de forma temporal a los cargos públicos que se encuentren envueltos en un proceso legal en calidad de imputados y sobre los que existan evidentes indicios de culpabilidad.

Así figura en el borrador de la reforma de la ley de Enjuiciamiento Criminal que una comisión de expertos presidida por el magistrado del Tribunal Supremo y exfiscal Manuel Marchena entregó ayer al ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón.

La propuesta expone en su artículo 195 que «cuando existan indicios bastantes que fundamenten la sospecha de que el encausado haya cometido algún delito castigado con la pena de inhabilitación o suspensión de profesión, oficio o función pública (...) o exista un peligro concreto de reiteración delictiva durante la tramitación de la causa, el tribunal, a instancia de parte, podrá acordar la medida cautelar de inhabilitación para el ejercicio de la correspondiente profesión, función o derecho».

No es la única novedad que aporta el borrador de esta ley, que viene a una regulación del proceso penal que data de 1882. De esta forma, se prevé otorgar la dirección de la investigación que actualmente ejerce el juez instructor a los fiscales, por lo que el papel del magistrado se circunscribirá al dictado de posibles medidas cautelares para los encausados y a ejercer como mecanismo de control ante cualquier inactividad del fiscal y como garantía de los derechos de los ciudadanos.

Con el fin de agilizar la administración de la Justicia, el borrador también contempla un plazo máximo de seis meses para que el fiscal efectúe las diligencias de la investigación, plazo que podrá prolongarse hasta los 36 meses en procesos excesivamente complejos.