Economia

La salida judicial para las preferentes

El arbitraje es otra solución, aunque se considera «restrictiva» y no se puede aplicar en todos los casos Hay un goteo continuo de sentencias que dan la razón a los afectados y obligan a la banca a devolverles su dinero

BILBAO. Actualizado: Guardar
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El PP y el PSOE han llegado esta semana a un pacto para dar salida a las preferentes de las entidades financieras nacionalizadas. La solución consiste en establecer un procedimiento de arbitraje que permita recuperar su inversión a los clientes que prueben haber sido engañados por el banco o caja. No es un remedio nuevo. Novagalicia Banco y Catalunya Banc ya lo están aplicando por su lado, con lo que solo quedaría Bankia. También podría extenderse a otras entidades que han recibido ayudas públicas.

Es una esperanza para los ahorradores atrapados porque las cajas nacionalizadas, a diferencia del resto de entidades, están muy limitadas por Bruselas para ofrecer una oferta de canje decente. La Comisión Europea dejó muy claro que los titulares de preferentes debían asumir pérdidas para minimizar el rescate con dinero público.

Novagalicia lleva aplicando el arbitraje seis meses. Al cierre de enero, 11.851 afectados habían obtenido un laudo favorable de un total de 38.000 reclamaciones. Para la asociación de usuarios Adicae, esta solución es «demasiado restrictiva». «Si vas al arbitraje y admiten tu solicitud a trámite, ya no puedes acudir a la vía judicial», advierte. Y los tribunales -añade- están dando buen resultado con un goteo de sentencias que confirman las malas prácticas de la banca.

Al repasar las sentencias acumuladas se pueden observar las pruebas que sirven al juez para concluir que el cliente fue engañado. A veces son obvias, como contratos sin firmar. En otras ocasiones se recurre a los test de conveniencia que el banco debe hacer rellenar al cliente para conocer si un producto de alto riesgo como las preferentes se adapta a ese cliente dada su edad, formación y perfil de riesgo.

«La carga de la prueba recae en la entidad, que debe demostrar que ha dado al cliente la documentación e información necesarias», apunta el abogado cántabro José Ángel Ecenarro. «En general se trata de personas mayores a las que se ha presentado el producto como algo similar a los depósitos y luego se les dan unos papeles y les dicen firme usted aquí», explica. El letrado asegura que ha ganado todos los casos de preferentes, si bien se ha negado a llevar casos de personas que habían contratado el producto conscientes de lo que hacían.

Información «falsa»

Caixanova

10.000 euros

Esta sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº1 de Cambados es de las más contundentes que hay sobre preferentes. Concluye que Caixanova -hoy Novagalicia Banco- dio «información inadecuada, falsa e insuficiente» al cliente, con lo que declara «nulo» el contrato. Se apoya en el escrito con el que el director de la sucursal convenció al demandante, que había solicitado un simple depósito, de las bondades del producto que le ofrecía. Así, de su puño y letra quedó plasmada la promesa de «liquidez inmediata», cuando las preferentes, según advierte la CNMV, ofrecen «una liquidez limitada, por lo que no siempre es fácil deshacer la inversión».

Otra prueba de peso en contra de la entidad es el test de conveniencia, destinado a ver si el cliente tiene los conocimientos y experiencia necesarios para comprender los riesgos del producto. Aparece firmado, pero «no es veraz». Dice que «el demandante está familiarizado con los productos de riesgo medio, que ocasionalmente ha invertido en ellos y que su experiencia profesional relacionada con productos financieros es media». Pues bien, J. L. trabaja de dependiente de almacén y cursó estudios hasta tercero de la anterior EGB. Antes de las preferentes, solo había contratado en su vida un depósito a seis meses. Y el documento en el que consta que el vencimiento de las preferentes no llega hasta el año 2050 no está firmado. Peor aún, J. L. retiró 2.400 euros de los 10.000 invertidos para comprar un coche y hubo que cursar una «orden de venta» de una parte de las preferentes para la que se falsificó su firma.

Ratificada por la Audiencia

Santander

100.000 euros

En el caso de Angelina contra el Santander ya hay incluso sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra, que desestima el recurso presentado por la entidad financiera. Un juzgado declaraba nula la compra de preferentes del Grupo SOS Cuétara que la demandante realizó en 2006 por 100.000 euros después de que el director de la oficina, don Eulalio, se las recomendase para «obtener un mayor rendimiento». Debido a su avanzada edad, las negociaciones las llevó su hijo. El señor Eulalio reconoció en la vista que el hijo de Angelina «le indicó que en un plazo de dos años su madre necesitaba disponer el dinero pues tenía intención de adquirir una vivienda en la localidad de Bueu». Es un argumento de la Audiencia de Pontevedra para cargar contra el Santander, pues no entiende la recomendación de preferentes convencimiento en 2050. «Se contravino así de forma clara la voluntad manifestada por la demandante», concluye. El banco tuvo que devolver el dinero.

El dinero para una adopción

CaixabBank

36.000 euros

La demandante estaba ahorrando para una adopción internacional en trámite y suscribió varias tandas de preferentes de La Caixa y de Repsol. Lo hizo alentada por la gestora de clientes de la oficina de la caja catlana en Hernani (Guipúzcoa). La entidad niega que haya asesorado a la clienta y afirma que fue ella la que pidió información sobre diferentes productos y fue cambiando de unos a otros. La juez de San Sebastián da la razón a la clienta.