Iberia, condenada por cláusulas abusivas a los pasajeros
Actualizado: GuardarEl Juzgado Mercantil número 12 de Madrid ha declarado nulas «por abusivas» tres cláusulas del contrato de transporte aéreo de Iberia. La sentencia declara nula la cláusula en la que Iberia señala que «en caso de necesidad» podrá hacerse sustituir por otra compañía, usar aviones de terceros o suprimir escalas. Además, la jueza considera abusivo que la aerolínea no asuma la responsabilidad de garantizar el enlace con otros vuelos en el punto de destino. En este sentido, recuerda que «no son las mismas prestaciones las que se ofrecen por unas compañías que por otras, fundamentalmente las low cost». Otra cláusula que el juzgado mercantil rechaza es aquella por la que la compañía cancela el billete de vuelta en el caso de que el pasajero no haya usado el de ida. «Que se obligue a hacer uso de sendos trayectos viene a suponer un obvio detrimento del debido equilibrio de las prestaciones, y de ahí que sí deba reputarse tal condición o cláusula como abusiva», se añade en la sentencia.
Igualmente es abusivo que se niegue el embarque a pasajeros con billetes bonificados que no puedan aportar el título de familia numerosa. La jueza califica de «desproporcionada» la medida y destaca que esta condición se puede acreditar a través del documento individual. La sentencia se produce a raíz de una denuncia de la OCU y será recurrida por la aerolínea ante la Audiencia Provincial de Madrid.