ESPAÑA

El Código Penal más duro de la democracia

Ruiz-Gallardón anuncia la cadena perpetua revisable para terroristas y autores de asesinatos especialmente graves

MADRID. Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

El Gobierno prepara el Código Penal más duro desde la dictadura. España tendrá cadena perpetua por primera vez en la historia de la democracia. Y, también por primera vez, los tribunales podrán condenar a un reo a seguir en prisión después de cumplir su condena si no se ha rehabilitado. El borrador de la reforma del Código Penal que llevó ayer Alberto Ruiz-Gallardón para su estudio al Consejo de Ministros -y que muy probablemente se apruebe en las Cortes en 2013- también convierte automáticamente el secuestro y la desaparición de la víctima en asesinato, aunque no aparezca el cuerpo. El proyecto establece un endurecimiento sin precedentes de los castigos. Más penas a los «delitos que más repugnan a la sociedad», en palabras del ministro, pero también más rigor contra los que aprovechan las manifestaciones para cometer actos vandálicos o contra los rateros reincidentes, a los que se acusará de delito y no ya de hurto.

Alberto Ruiz-Gallardón, que aseguró que el Gobierno no usará la vía de urgencia para sacar adelante el proyecto en el Congreso porque busca la colaboración de todos los grupos parlamentarios, recordó que su departamento trabaja en estas modificaciones desde la llegada del PP al Gobierno. Por ello, negó de manera tajante que esta reforma surja al calor de las recientes polémicas por las excarcelaciones de etarras o de casos como el de Ruth y José Bretón o Marta del Castillo, pero lo cierto es que las dos reformas estrellas van por ese camino: la prisión permanente revisable, que se aplica ya de una u otra forma en todos los países de la Unión Europea, excepto en Portugal; y lo que Justicia denomina la «custodia de seguridad», una suerte de segunda condena añadida a los delincuentes más peligrosos y recalcitrantes, que podrán seguir privados de libertad aún después de cumplir su pena.

La prisión permanente será revisada tras un cumplimiento mínimo de 25 años y un máximo de 35. Serán siempre los tribunales sentenciadores los que -a petición del reo o los jueces de oficio cada dos años- estudien si es posible la excarcelación del penado, que siempre podrá volver a la cárcel si incumple las condiciones para su libertad. El proyecto presentado ayer apunta que se aplicará a los homicidios terroristas, magnicidios (asesinato del Rey, del heredero o de un jefe de Estado extranjero), genocidios, crímenes de lesa humanidad y a los «asesinatos agravados». Dentro de esta tipología se incluirán los homicidios de menores de 16 años o de «personas especialmente vulnerables», asesinatos precedidos de una agresión sexual, los homicidios múltiples o los cometidos por sicarios.

La «custodia de seguridad» es el otro gran concepto inédito que introduce la reforma en el ordenamiento penal español. En realidad se trata de una suerte de doble condena. El tribunal sentenciador, una vez cumplida la pena, podrá alargar hasta diez años la reclusión si se mantiene la «peligrosidad» del penado. La 'reprisión' será aplicable solo a los condenados por delitos contra la vida, la integridad física, la libertad, la indemnidad sexual, los cometidos con violencia o intimidación, contra la comunidad internacional, terrorismo o tráfico de drogas. Eso sí, solo se podrá alargar la condena a los reincidentes o a los que, por primera vez, hubieran cometido una pluralidad de estos delitos.

Nueva libertad condicional

En esa misma línea de dar más instrumentos a los jueces para mantener en la cárcel a los condenados, el texto presentado también reformula por completo la libertad condicional, que pasa a ser considerada una «suspensión de la pena», de tal modo que si, una vez en libertad, el exrecluso vuelve a delinquir podrá ser devuelto a la cárcel para que cumpla condena desde el momento en que quedó en suspenso.

Aunque el ministro no quiso nombrar los casos de los Bretón, Marta del Castillo o Mari Luz, los cuatro menores 'estuvieron' en la mesa del Consejo de Ministros. En los supuestos de detención ilegal con desaparición la pena será equivalente al delito de homicidio, aparezca o no el cuerpo. Además, habrá penas agravadas cuando la víctima sea menor de edad y cuando haya un móvil sexual.

También habrá más castigo también para los violadores y desaparece la figura del delito continuado sexual. Toda agresión contará como delito individual, con lo cual habrá más pena, una por cada agresión.

Delitos menores

La batería reformista de Gallardón también afecta a los delitos menores. Desaparecen las faltas, que pasan a ser perseguidas por vía civil o a convertirse en delito y el hurto se convierte también en delito si la sustracción supera los mil euros. La «delincuencia profesional» pasa a ser un tipo agravado, al igual que el robo de cobre. Los pirómanos podrán cumplir hasta nueve años de cárcel.

A petición del Ministerio del Interior, será delito el «acometimiento, agresión, empleo de violencia o amenazas graves de violencia sobre el agente», pero Justicia no irá tan lejos como pedía Jorge Fernández Díaz ya que la resistencia pasiva o la desobediencia a los agentes seguirán sin entrar en el Código Penal. Eso sí habría más penas para los que aprovechen las manifestaciones para cometer actos violentos.