El juez mantiene que los grapo Sarasa y Ontanilla no secuestraron a Publio Cordón
MADRID. Actualizado: Guardar«No existe un solo indicio» de la intervención de los dos miembros de los GRAPO Manuela Ontanilla Galán y Vicente Sarasa Cecilio «en el diseño, planificación y/o ejecución del secuestro y posterior desaparición» de Publio Cordón.
El juez de la Audiencia Nacional, Javier Gómez Bermúdez, reafirmó ayer en un auto que estos dos miembros de la organización terrorista, a los que el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, vinculó con el secuestro del empresario aragonés, no tuvieron nada que ver.
La decisión del juez de dejarles en libertad condicional bajo fianza de 10.000 euros tras su detención, anunciada a bombo y platillo por el ministro en una comparecencia el pasado 19 de julio, fue duramente criticada por la familia de Cordín, pero entonces y ahora el magistrado sostiene que no hay indicios de su vinculación en el secuestro.
De hecho, recuerda el juez que, según los informes policiales, el secuestro habría sido llevado a cabo en Zaragoza por Enrique Cuadra Echeandía, Fernando Silva Sande, José Ortín Martínez y Concepción González Rodríguez, mientras que José Antonio Ramón Teijelo, Victoria Gómez y el propio Silva Sande se habrían encargado de su custodia en una vivienda de la ciudad francesa de Lyon.
Vigilancia
De esta forma, Ontanilla y Sarasa habrían realizado únicamente «labores de vigilancia durante el pago del rescate» e intervenido en la elección del itinerario para el pago del mismo, como habría declarado Silva Sande, que contaba con la consideración en la causa de testigo protegido bajo el seudónimo de 'Alfa'.
Por otra parte, el juez Bermúdez rechazó también ayer la petición de la familia de Cordón de solicitar la nulidad del auto por el que se declaraba el secreto del sumario de la causa y condenó a los familiares, que ejercen la acusación particular, a abonar «las costas del incidente».
La mujer y la hijas del industrial solicitaron la nulidad de las actuaciones por «la falta de notificación» de un auto dictado el pasado 21 de junio en el que se declaraba el secreto y la reapertura de la causa tras las declaraciones como testigo protegido de Silva Sande.
En su resolución, el juez recuerda que la finalidad del secreto es «impedir que se frustre la investigación» y que la falta de notificación solo conllevaría la nulidad de lo actuado.