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Los gestores públicos que falseen u oculten las cuentas podrán ir a la cárcel
Defraudar a la Seguridad Social más de 50.000 euros será delito y podrá ser castigado con penas de hasta seis años
MADRID. Actualizado: GuardarCárcel para los políticos que engañen con las cuentas, penas más largas para los que defrauden a Hacienda o a la Seguridad Social y más facilidades para perseguir a los que «se creen más listos que nadie» y estafan por sistema a la Administración, en palabras de la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría. El Consejo de Ministros aprobó ayer los proyectos de ley de transparencia y de lucha contra el fraude público y privado, que llevan emparejadas reformas en el CódigoPenal más profundas de lo que se preveía para luchar contra la corrupción y el engaño en el ámbito público y en el espacio privado.
La gran novedad es que no solo habrá multas e inhabilitación a los cargos públicos que falseen u oculten cuentas públicas, tal y como había planteado el Ejecutivo en un primer momento. Tras el visto bueno del Consejo de Estado y del Consejo General del Poder Judicial, el Gobierno da luz verde a la reforma del Código Penal que, por primera vez en la historia, podría llevar a la cárcel a los políticos que mientan o digan medias verdades sobre los números de su departamento. La reforma castigará con penas de uno a cuatro años a la «autoridad o funcionario público» que, «a sabiendas y para causar un perjuicio», falsee la contabilidad o divulgue cuentas falsas.
Cárcel para esos políticos, que, además, tendrán multas dependiendo de la cuantía y el daño causado a la administración respectiva, amén de una inhabilitación de hasta diez años.
Siguiendo la recomendación de los órganos consultivos, el Ejecutivo promoverá la reforma de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) para que esos políticos condenados por una sanción muy grave sean oficialmente inelegibles, ya sean elecciones generales, autonómicas o locales.
Empresas fantasmas
El Consejo de Ministros aprobó también ayer otro paquete de reformas del Código Penal dirigido a afrontar otros dos aspectos de la corrupción: la lucha contra el fraude a Hacienda y a la Seguridad Social.
Se reduce la cuantía mínima de defraudación a la Seguridad Social perseguida penalmente de 120.000 a 50.000 euros. En la última cantidad se incluirá toda la deuda no prescrita en un periodo de cuatro años, ya sea el impago de cuotas o la obtención indebida de deducciones o ayudas. Además, se eleva de cinco a seis años de cárcel la pena por la defraudación a la Seguridad Social. Ese mismo castigo recaerá siempre sobre los que utilicen 'empresas fantasmas', con independencia de la cuantía a la estafa al Estado, para simular relaciones laborales para obtener ayudas o prestaciones. Estos delitos no prescribirán hasta pasada una década (en la actualidad son cinco años).
También se sancionarán penalmente, por primera vez, los casos de «defraudación dolosa» en prestaciones de Seguridad Social que causen un perjuicio grave al patrimonio de la institución. «Hay que acabar con el que considera que es más listo que nadie porque está trabajando y cobrando el paro a la vez con los impuestos de los españoles». «No es admisible en ningún momento», pero menos en las actuales circunstancias, señaló la vicepresidenta.
«Talleres clandestinos»
Asimismo, los responsables de los «talleres clandestinos» podrán ir a la cárcel por emplear simultáneamente a una pluralidad de trabajadores sin comunicar su alta o sin haber obtenido la correspondiente autorización de trabajo.
Para los tribunales también será más fácil, a partir de ahora, enviar a la cárcel a los grandes defraudadores a Hacienda. El texto que llegará al Congreso en septiembre crea la figura del «delito fiscal agravado», como lo calificó Sáenz de Santamaría. Entrarán en ese tipo penal los fraudes fiscales superiores a los 600.000 euros, que serán sancionados con entre dos y seis años de cárcel, frente al abanico actual de uno a cinco. Serán siempre fraudes agravados los que hagan bandas criminales o se realicen a través de testaferros o paraísos fiscales y su plazo de prescripción será de diez años, frente a los cinco años de los restantes supuestos del delito fiscal.
El proyecto también faculta a la administración tributaria a no paralizar un procedimiento recaudatorio por la existencia de un proceso penal. En la actualidad, se exige el pronunciamiento expreso del juez.
En las tramas de defraudación de IVA, ya no será necesario esperar al cierre del año natural para denunciar los fraudes superiores a 120.000 euros, por lo que Hacienda podrá notificar de manera automática la comisión del delito fiscal.
La vicepresidenta habló de unas reformas que buscan un «cambio en la mentalidad» para acabar «con esa visión no positiva, pero sí tolerante, frente al que defrauda, no paga impuestos, hace facturas sin IVA y encima te lo pregunta con total desparpajo».