El uso del catalán en la enseñanza sufre un nuevo revés judicial en el Tribunal Supremo
BARCELONA. Actualizado: GuardarTres meses después de que una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) avalara el modelo de inmersión lingüística, un fallo del Supremo dado a conocer ayer vuelve a poner en cuestión el sistema, vigente desde hace 30 años.
El Supremo anuló seis artículos de un decreto de la Generalitat de 2008 que regula el segundo ciclo de enseñanza Infantil, el que va de los 3 a los 6 años, porque entiende que vulnera la Constitución al no exigir que la enseñanza en castellano tenga la misma prioridad que el catalán. En concreto, el alto tribunal declara nulos, entre otros, los puntos del decreto que establecen que «el catalán, como lengua propia de Cataluña, se ha de utilizar normalmente como lengua vehicular de enseñanza y aprendizaje» y el que fija la necesidad de «dedicar una atención preferente al aprendizaje del catalán» a los alumnos extranjeros.
El Supremo, que toma como base jurídica la sentencia sobre el Estatut del Tribunal Constitucional, estima que para que el decreto de la Generalitat sea constitucional debe «declarar el carácter docente y vehicular del castellano, junto con el catalán». El Supremo rechaza además que el castellano «quede reducido a una asignatura más».
El alto tribunal hace referencia en su sentencia al ciclo escolar infantil, pero aún tiene que resolver un recurso pendiente sobre toda la educación obligatoria. La Generalitat encajó con «preocupación» el fallo del Supremo, si bien señaló que el curso que viene seguirá todo como hasta ahora. El Govern cree que Cataluña tiene suficiente base legal para continuar aplicando el modelo lingüístico, ya que el modelo vigente está amparado por la Ley de Educación de Cataluña (LEC), aprobada en 2009, mientras que los artículos anulados por el Supremo pertenecen a un decreto más antiguo.