La Policía inicia el desalojo del edificio tras ordenarlo el juez. :: A. VÁZQUEZ
CÁDIZ

La Audiencia da por válido el desalojo del edificio Valcárcel

El máximo órgano judicial de la provincia se pronuncia por vez primera sobre una polémica ocupación que considera indiciariamente un delito

CÁDIZ. Actualizado: Guardar
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El movimiento Valcárcel Recuperado recibe un nuevo varapalo judicial, esta vez desde el máximo órgano judicial de la provincia. La Audiencia, en un auto fechado el pasado 31 de mayo, da por buena la decisión acordada por el juez de Instrucción del nº 1 de Cádiz, que en enero de este año ordenó a la Policía que desalojara el antiguo hospicio viñero. Hace escasos días el mismo colectivo, que protagonizó la ocupación de un inmueble catalogado como BIC y cerrado hace años, conocía que un cuarto integrante era imputado formalmente por el juez al haber participado y reivindicado supuestamente esta acción.

La Audiencia, a través de su Sección Cuarta, se ha pronunciado por vez primera en un auto donde rechaza el recurso planteado por los tres miembros de Valcárcel Recuperado que fueron imputados desde el inicio en un delito de usurpación de bienes inmuebles. Los okupas habían solicitado en su recurso que se dejara sin efecto la orden de desalojo porque la denunciante (la promotora Zaragoza Urbana) «no ostentaba la posesión del inmueble con lo cual no se le causa ningún perjuicio que justifique» la medida que ejecutó la Policía el pasado mes de enero. También cuestionan que la empresa pueda acreditar la propiedad del edificio. Esos argumentos fueron desestimados por el juez instructor y ahora, en apelación, por un tribunal de la Audiencia. «La denuncia que dio origen a las actuaciones se basa en la existencia de un delito de usurpación de un bien inmueble cometido por los denunciados al ocupar sin autorización de su titular, habiendo sido cambiada la cerradura de una de las puertas de acceso sin que en ningún momento se diera autorización alguna a los mismos».

Aunque la instrucción del caso aún no ha concluido, la Audiencia habla ya de delito consumado, «cuanto menos indiciariamente», y justifica la orden de desalojo como una medida de protección hacia el dueño del edificio para impedir que los activistas siguieran perpetrándolo.

Sobre la titularidad del inmueble, Valcárcel Recuperado cuestionó siempre que la promotora Zaragoza Urbana estuviera legitimada para ejercer el papel de propietario al no haber iniciado el proyecto hotelero que había previsto años atrás cuando la parcela le fue cedida por la Diputación Provincial. Los okupas también utilizaron a su favor el anuncio que había realizado la empresa de desentenderse del edificio, que ha sufrido la desidia de las administraciones que no han conseguido darle uso a un espacio privilegiado en una ciudad sin apenas suelo libre. La Audiencia, en coincidencia con la Fiscalía, sostiene que no hay dudas sobre la titularidad del inmueble: «El recurrente parece confundir la propiedad con un determinado uso del edificio. El que hasta la fecha no se haya acometido el uso hotelero tampoco despoja al titular de la propiedad del mismo». Y como prueba de ello mencionan la escritura de compra-venta que Zaragoza Urbana firmó en 2003.