Carlos Dívar tras un pleno del Consejo General del Poder Judicial antes de que estallara la polémica de sus viajes. :: GUSTAVO CUEVAS / EFE
ESPAÑA

El Supremo ciega la vía penal contra Dívar sin investigar nada de los viajes

La Sala de lo Penal rechaza, por once a cuatro, la querella por malversación contra el presidente del alto tribunal

MADRID. Actualizado: Guardar
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El Supremo cegó ayer casi de forma definitiva la posibilidad de que Carlos Dívar responda por la vía penal de las acusaciones de malversación, apropiación indebida o estafa por sus 32 viajes de fin de semana a cuenta del erario público y con acompañantes. El pleno de la Sala de lo Penal del alto tribunal, que él mismo preside, acordó por amplio margen, once votos a cuatro, no entrar siquiera a investigar los hechos y decidió no admitir a trámite la querella interpuesta por la asociación de letrados Preeminencia del Derecho contra el también presidente del Consejo General del Poder Judicial. El colectivo acusaba a Dívar de haber hecho pagar al Consejo cerca de 28.000 euros por unos viajes con salida los jueves y los viernes y vuelta el domingo o el lunes para participar en actos oficiales de la judicatura, y no siempre, que apenas duraban unas horas.

No hubo sorpresa y el máximo órgano penal, a pesar del creciente malestar por la incapacidad de Dívar de justificar de manera convincente estos gastos, amparó a su presidente y abortó la que hubiera sido la primera investigación judicial contra el máximo representante de la judicatura. El pleno, que duró más de tres horas y tuvo como único punto del día la suerte del presidente del Poder Judicial, fue tenso, sobre todo porque los cuatro magistrados partiarios de investigar, José Manuel Maza, Joaquín Giménez, Perfecto Andrés Ibáñez y Alberto Jorge Barreiro, desde el principio dejaron claro a la mayoría que el fallo que exime de momento a Dívar no iba a ser, ni mucho menos, unánime. Los cuatro anunciaron que plantearán votos particulares en disconformidad con la decisión.

Lo cierto, explicaron fuentes del tribunal, es que el pleno tenía casi tomada la decisión de exculpar a Dívar antes de que comenzara la reunión. De hecho, los magistrados ni siquiera pidieron el parecer de la Fiscalía sobre los nuevos datos aportados por el colectivo denunciante, que el martes amplió su querella contra el presidente para incluir 15.185 euros más que Dívar endosó al Consejo en otros 12 viajes entre octubre de 2008 y julio de 2011, y que tuvieron como destino Bilbao, Santillana del Mar, Coruña, Santiago, Palma de Mallorca, Oviedo, Valencia, Barcelona y Galicia.

La Sala solo tuvo sobre la mesa el informe que presentó la semana pasada el teniente fiscal del Supremo, Juan José Martín-Casallo, y que estaba referido a la primera tanda de viajes, es decir, la veintena de desplazamientos entre 2008 y 2012 a Marbella por los que Dívar facturó al Consejo unos 13.000 euros.

«Autoridad»

Martín-Casallo, que es el mismo fiscal que archivó de manera inmediata las diligencias informativas abiertas por el Ministerio Público después de que el vocal del Consejo José Manuel Gómez Benítez denunciara la supuesta malversación de fondos por parte del presidente, defendió la no admisión a trámite basándose en el argumento de que Dívar es una «autoridad» y es «muy difícil separar o delimitar la actividad pública de la privada a efectos de establecer cuándo debe darse por terminada una para entender comenzada la siguiente». Una justificación que, según fuentes del tribunal, la mayoría de la Sala consideró acertada.

Los magistrados también respaldaron la tesis del fiscal para exculpar al presidente de que fue acomodándose «caso por caso, viaje por viaje, a las exigencias derivadas de las funciones que le correspondía desempeñar». Y, como ya hicieran también el Poder Judicial y el fiscal, buena parte de la Sala recordó que la normativa interna del consejo desde 1996 no obliga a sus vocales a justificar los gastos que endosan a la institución y por tanto difícilmente se puede hablar de delito.

Una tesis que rechazaron los cuatro magistrados discrepantes que, en síntesis, sostuvieron que hay indicios más que suficientes para, al menos, abrir una investigación penal por malversación porque el hecho de que el Consejo no considere obligatorio justificar los gastos no equivale a que hacer uso privado de fondos públicos, y máxime por una autoridad, deje de ser un delito tipificado.

La reacción de Preeminencia del Derecho fue inmediata. Denunció que la «absolución anticipada» de Dívar es «un acto escandaloso jurídica y socialmente». «El 13 de junio puede celebrarse en el futuro como la fiesta de los privilegios judiciales o la de la desigualdad ante la ley», explicó el colectivo presidido por el abogado murciano José Luis Mazón, quien propuso que sean jurados populares los encargados de juzgar las conductas de los jueces.

Según Preeminencia del Derecho, el propio Supremo ha «inaplicado» su propia «jurisprudencia Garzón sobre admisión de querellas» porque con el exjuez declaró que para dar trámite a una denuncia, como ocurrió en tres ocasiones con el exmagistrado, «solo era necesario una descripción de una conducta que reuniese visos de delito» y no «demostrar su existencia».

«La conducta de Dívar de cargar a fondos públicos gastos privados de fin de semana es clamorosamente indiciaria de delitos de estafa de funcionario o malversación, y el Supremo ha negado la evidencia creyendo al parecer que la ley es lo que ellos proclaman», zanjó el colectivo.