Oroitz Gurrutxaga.
ESPAÑA

El Constitucional aplica la 'doctrina Parot' a dos disidentes etarras

'Makario', condenado a miles de años por sus asesinatos y expulsado de la organización, seguirá encarcelado hasta 2027

MADRID. Actualizado: Guardar
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La expulsión de ETA, el arrepentimiento e, incluso, la petición de perdón a las víctimas pueden reducir el tiempo efectivo en prisión de un terrorista si el juez de vigilancia penitenciaria le concede beneficios, pero en ningún caso esos gestos sirven para acortar el cómputo de la condena oficial o la forma en que se calcula su liquidación. Así lo ha establecido el Tribunal Constitucional, que ha desestimado los recursos de amparo presentados por dos históricos disidentes de ETA, Iñaki Arakama Mendia, 'Makario', y Luis María Lizarralde Izaguirre, 'Beltza'.

La corte, como hace en la gran mayoría de casos desde que comenzó a resolver en cascada las apelaciones contra esta doctrina el pasado marzo, respalda el criterio de la Audiencia Nacional, que decidió acumular las condenas de ambos y fijar el cumplimiento de pena en 30 años, al dictaminar que los beneficios penitenciarios debían descontarse del total de las condenas y no del máximo del cumplimiento. El Constitucional solo revoca los cálculos de la Audiencia Nacional cuando a los etarras se les prolongó su reclusión carcelaria, al aplicársele la cuestionada doctrina, de forma retroactiva, cuando ya se les había hecho la correspondiente liquidación de condena. En el caso de 'Makario', interlocutor en las negociaciones de Argel y condenado a miles de años por una veintena de atentados y asesinatos del 'comando Madrid' de los ochenta, la decisión del Constitucional supondrá que seguirá en prisión -si no median beneficios penitenciarios- hasta 2027, cuando se cumplan tres décadas exactas de su entrada en prisión.

Arakama, que se encuentra preso en la cárcel de Sevilla II, fue expulsado de ETA en 2005 tras haber firmado en noviembre de ese año una carta en la que defendía el abandono de las armas y que también fue suscrita por otros históricos de la banda como Francisco Múgica Garmendia, 'Pakito'; Iñaki Bilbao Beaskoetexea, 'Iñaki de Lemona'; Carlos Almorza Arrieta, 'Pedrito de Andoain; Kepa Solana Arrondo y Koldo Aparicio Benito.

A pesar de su expulsión de la banda, 'Makario', capturado en 1992 en la operación en la que cayó la cúpula de ETA en la localidad vascofrancesa de Bidart, jamás ha entrado en los planes de reinserción de Interior y por eso en los últimos años no ha sido acercado a ninguna de las cárceles en las que Instituciones Penitenciarias concentraba a los díscolos de la banda. De hecho, Arakama sigue siendo miembro del 'colectivo de presos políticos vascos' (EPPK) que, en teoría, sigue las directrices de la banda dentro de los centros.

'Vía Nanclares'

Entre otras acciones, 'Makario' participó en los asesinatos del jefe del Cuerpo de Miñones de Álava, Jesús Velasco, y del director del Banco Central, Ricardo Tejero Magro, en el secuestro del diplomático Diego Prado y Colón de Carvajal, en 1983, y en el atentado contra el edificio de Telefónica en Madrid, en 1982.

El caso de Luis María Lizarralde es diferente al de 'Makario'. Aunque el Constitucional confirma, con un voto en contra, que su liquidación de condena no se producirá en 2022 en aplicación correcta de la 'doctrina Parot', lo cierto es que este exetarra está en semilibertad desde el 19 de enero de 2011, después de que el juez de vigilancia penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, le autorizase a salir diariamente para asistir a cursos de formación, después de que en enero de 2009, junto a otros cinco presos de la cárcel de Nanclares, firmara un manifiesto público en el que rompía con ETA.

Lizarralde tiene dos asesinatos a sus espaldas, los del teniente coronel José Luis de la Parra y del guardia civil Luis Miranda. A pesar de las graves condenas, Castro tuvo entonces en cuenta para conceder el permiso penitenciario las dos cartas en las que Lizarralde remitió a los responsables de Instituciones Penitenciarias y en las que el preso destacaba los «pasos» que venía dando para «alejarse de la organización armada», incluidas sus negativas a participar en «movilizaciones mensuales», «rompiendo así con la disciplina del colectivo», aun a costa del «desgaste personal» y el «vacío» de sus «compañeros», tanto dentro de la prisión como a su familia en el exterior.

Por otra lado, el Constitucional hizo ayer pública la sentencia íntegra, cuyo fallo ya se conocía, por la que se revoca la aplicación de la 'doctrina Parot' a Pedro Etxeberría Lete, que retrasaba su salida de prisión hasta el año 2019. El argumento invocado es que ya se había hecho la liquidación de condena cuando se le aplicó el alargamiento, y ello viola su derecho a la «intangibilidad de las resoluciones firmes». Con la revocación de Etxebarría son ya cuatro los etarras a los que el Tribunal Constitucional les ha dado la razón en las últimas semanas.