Soraya Sáenz de Santamaría atiende a los periodistas en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. :: JAIME REINA / AFP
ESPAÑA

El delito fiscal no prescribirá hasta diez años después de cometerse

La reforma del Código Penal también permitirá sancionar a los cargos públicos que oculten facturas con diez años de inhabilitación

MADRID. Actualizado: Guardar
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Conceder una amplia amnistía fiscal, como la que aprobó el Gobierno el 4 de abril, no es incompatible con endurecer la lucha contra los defraudadores. Este es el mensaje que envió ayer el Consejo de Ministros al dar luz verde a un informe que propone una reforma del Código Penal para que los delitos contra la Hacienda Pública no prescriban hasta los diez años de haberse cometido y no a los cinco, tal y como ocurre en la actualidad. Además, aquellos que infrinjan esta norma se enfrentarán a penas de hasta seis años de cárcel, frente a los cinco actuales, cuando la cuantía de la cuota defraudada exceda de 600.000 euros o cuando la defraudación se haya cometido en el seno de una organización o grupo criminal.

Se trata, sin duda, de un recado para aquellos defraudadores que aún dudan si les interesa acogerse o no a la oferta de perdón colectivo que el Gobierno mantiene en pie hasta el 31 de noviembre de este año. Hasta entonces, les bastará con pagar un gravamen especial del 10% -sin sanciones, intereses o recargos- del conjunto de las rentas regularizadas. Un beneficio al que pueden acogerse tanto a empresas que pagan el Impuesto sobre Sociedades, como ciudadanos y profesionales sometidos al IRPF.

El Ejecutivo confía en que con esta amnistía, además de aflorar rentas ocultas en España o fuera del país, logrará recaudar unos 2.500 millones de euros. Una cantidad que el ejecutivo quiere sumar a la que consiga con los planes de ajuste para tratar de cumplir con el objetivo de reducir el déficit público este año al 5,3%, un porcentaje que según la Comisión Europea no se alcanzará.

De hecho, el cambio normativo incluye una modificación que había sido reclamada ya por aquellos que se han interesado en regularizar su situación fiscal: la desaparición de la denominada como excusa absolutoria. Una percha que dejaba a Hacienda una puerta para perseguir a los defraudadores, incluso después de acogerse a beneficios puntuales como los que concede la amnistía fiscal.

La reforma del Código Penal no entrará en vigor de manera inmediata. El Gobierno ya ha enviado el texto, consesuado por los ministerios de Justicia, Hacienda y Administraciones Públicas y Empleo y Seguridad Social, a la Fiscalía General del Estado, Consejo General del Poder Judicial y Consejo de Estado para que emitan sus preceptivos informes. Una vez cumplimentado el trámite, el Consejo de Ministros enviará el proyecto de ley al Congreso, con lo que este aumento de penas no estará vigente al menos hasta el próximo otoño, en coincidencia con el fin de la amnistía. La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, destacó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que el Estado se dota de herramientas más ágiles para hacer frente, por ejemplo, al fraude del IVA que comenten organizaciones o tramas criminales.

Contra el empleo sumergido

El anteproyecto de lucha contra el delito fiscal permite a Hacienda adoptar medidas cautelares para evitar que los defraudadores se declaren en insolvencia o traten de llevar a cabo un alzamiento de bienes con vistas a eludir su responsabilidad ante la Agencia Tributaria, tal y como enfatizó la lugarteniente de Mariano Rajoy. Para ello se prevé la posibilidad de realizar embargos preventivos sobre los supuestos defraudadores y todas las rentas descubiertas que no hayan sido declaradas se imputarán al último ejercicio fiscal de entre los no prescritos.

En el ámbito de los fraudes laborales y contra la Seguridad Social se rebajan las cantidades que marcan el límite para calificar el comportamiento como delito, que pasan de los 120.000 euros actuales a 50.000. Una medida que, a juicio del Gobierno, permitirá mejorar la lucha contra la economía sumergida.

El Gobierno, además, modifica el Código Penal para poder castigar a los cargos públicos que «oculten, manipulen o falseen las cuentas públicas». Para ello se tipifica este comportamiento como delito y se fija como pena una inhabilitación especial para empleo o cargo público por un plazo de hasta diez años.