Pluriempleo parlamentario
Actualizado: GuardarLos parlamentarios son los titulares de la soberanía nacional, por lo que poseen un casi ilimitado poder de autocontrol; de ahí que fuese lógico que lo ejercieran rigurosamente. Por otra parte, la ley electoral es clara cuando dispone que ejercerán sus cargos en régimen de dedicación exclusiva. Y sin embargo, uno de cada tres diputados, con la aquiescencia de la Cámara, atiende a ocupaciones fijas ajenas al cargo, y 50 de ellos pueden compatibilizar el escaño con el ejercicio privado de su profesión, con la única condición de no contratar con la Administración pública. Igualmente, hay total tolerancia para quienes compatibilizan el escaño con su condición de alcaldes, concejales o diputados provinciales. La permisividad es escandalosa porque la Comisión del Estatuto del Diputado, que se ocupa de estos asuntos, ha laminado el concepto de dedicación exclusiva. Pese a las declaraciones grandilocuentes de los políticos en los tiempos no tan lejanos en que las manifestaciones del 15M provocaron una oleada en la que se clamaba por la regeneración democrática.