La profesora Resurrección Galera, en una fotografía de archivo. :: EFE
ANDALUCÍA

El juez ordena la readmisión de la profesora de religión en 5 días

Tanto la docente como el Obispado de Almería anuncian nuevos recursos por no estar de acuerdo con el fallo

ALMERIA. Actualizado: Guardar
Enviar noticia por correo electrónico

El juez ha ordenado al Ministerio de Educación la readmisión de la profesora de religión Resurrección Galera, que no fue renovada para el curso 2001/2002 en un colegio público por decisión del Obispado tras casarse por lo civil con un divorciado, en el plazo de cinco días y hasta final de curso.

El auto dictado por el Juzgado de lo Social número 3 de Almería reconoce que el pronunciamiento judicial «no puede alterar» el carácter temporal de la relación laboral que tenía la profesora en el momento de su despido, que fue declarado nulo hace casi un año.

El magistrado Juan Carlos Aparicio recuerda que el Real Decreto 696/2007 de 1 de junio modificó la relación laboral de los profesores de religión, de modo que los no pertenecientes al cuerpo de funcionarios docentes que estuvieran contratados en esa fecha pasarían a tener una relación laboral por tiempo indefinido siempre que cumplieran los requisitos de la norma.

A este respecto, indica que la profesora no estaba trabajando en la fecha en la que se aprobó el Real Decreto, al haber sido despedida el 1 de septiembre de 2001, y por tanto se desconoce «si reuniría o no los requisitos exigidos para ser contratada como personal definido».

Asimismo, señala que no existía «obligación» por parte del Obispado de proponer a la profesora para el siguiente curso, ni de ser contratada por parte del ministerio.

Por ello, el juez requiere al Ministerio de Educación para que «en el plazo de cinco días reponga a Resurrección Galera Navarro en su puesto de trabajo de profesora de moral y religión católica en el Colegio Público de Educación Infantil y Primaria Ferrer Guardia» de la capital almeriense «durante el presente curso escolar», esto es, hasta el 31 de agosto de 2012.

El juez también establece que el Ministerio de Educación debe abonar a Galera 42.374,98 euros, una vez descontados los rendimientos obtenidos entre 2003 y 2010 como trabajadora de la Junta de Andalucía a la cifra de 157.287,10 euros que todavía se adeuda a la profesora por los salarios que dejó de percibir.

El juez ha emitido el auto tras escuchar a las partes en una vista celebrada el pasado 11 de abril para resolver la ejecución de la sentencia dictada por el mismo juzgado hace casi un año, que declaraba la nulidad del despido y obligaba a la readmisión de la profesora y al pago de los salarios que dejó de percibir.

Nuevos recursos

Tanto el Obispado de Almería como la profesora anunciaron ayer nuevos recursos por no estar de acuerdo con el fallo judicial. El Obispado de Almería precisó que el «respeto» a la decisión del juez no significa que las partes tengan que «abdicar» de sus posiciones y que sigue pensando que «no debe volver a dar clases de religión «al existir un conflicto de «incompatibilidades» con la doctrina católica.

La profesora también anunció que va a recurrir el auto del juez, al estar en desacuerdo tanto con la limitación temporal de su readmisión como con la cuantía que deberá percibir por los salarios que dejó de cobrar tras su despido nulo.