Obligada contención
La urgencia del ajuste sanitario no debe soslayar los efectos secundarios de las medidas
Actualizado: GuardarLas medidas de copago farmacéutico, racionalización del gasto sanitario y homogeneización del sistema, que ayer acordó el Consejo Interterritorial de Salud y aprobará el Gobierno mañana, representan un importante avance en la contención de un capítulo presupuestario que tiende a incrementarse porque crece la esperanza de vida y la cronificación de patologías graves. Sin embargo las urgencias del ajuste no deben soslayar la reflexión institucional sobre los efectos secundarios que pueda acarrear cada una de las iniciativas. El abono de un porcentaje sobre el precio de cada medicina en razón de los ingresos de que disponga el paciente constituye, a simple vista, una medida de progresividad; pero esta sería más justa si las aportaciones en concepto de copago pasasen a formar parte de los gastos deducibles en relación a las demás variables que integran la renta personal. El riesgo que se corre es que el copago farmacéutico acabe constituyendo un factor de injusticia en tanto que cargue sobre el enfermo un notable gasto añadido a los 'costes invisibles' del mal que padezca, en muchas ocasiones de por vida. Otra de las cuestiones abordadas en el Consejo Interterritorial de ayer, aunque de manera preliminar, es el diseño de una «cartera de servicios básicos» común al conjunto de las autonomías. Se trata de un tema delicado sobre el que a menudo se vierten opiniones equívocas, como lo demostró ayer la propia ministra Mato, puesto que una cosa es definir los mínimos de atención sanitaria que deban prestar todas las administraciones competentes a todos los españoles y otra muy distinta fijar un techo insuperable para las distintas comunidades. Esto último no solo entraría en colisión con el marco competencial vigente sino que, y lo más importante, coartaría el positivo desarrollo de avances y experiencias -en los que uno u otro servicio territorial de salud pueden ser pioneros- e impediría priorizar determinados gastos sanitarios respecto a otros siguiendo un criterio autónomo que no será insolidario mientras se mantenga dentro de las obligaciones de estabilidad presupuestaria contraídas.