Editorial

Derecho de huelga

La jornada de hoy, por excepcional que sea, debe inscribirse en la normalidad democrática de un país que aspira a salir de la crisis

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La convocatoria de una huelga general para hoy en contra de la reforma laboral impulsada por el Gobierno Rajoy responde a un derecho constitucionalmente reconocido. Pero el desarrollo de la jornada deberá compatibilizar la realización del mismo con el derecho y la libertad que los ciudadanos tienen de acudir a su puesto de trabajo, trasladarse o acceder a servicios básicos. La regulación del derecho de huelga continúa pendiente en un país en el que la conflictividad laboral ha decrecido, pero en el que también se han sucedido episodios abusivos y de desatención hacia necesidades perentorias. De modo que la falla normativa se hace evidente en cuanto a la ordenación jerarquizada de aquellas actividades de interés general que deban ser preservadas siquiera parcialmente en caso de huelga. Es de suponer que la jornada de hoy transcurrirá en un clima de normalidad. Pero no será suficiente con que esa sea la apariencia que adopte el día. Es necesario que los convocantes se atengan al eco que obtenga su llamada sin forzar la voluntad de los trabajadores; como es necesario que estos no se vean coaccionados por sus empleadores a la hora de decidir entre secundar o no la huelga general. Sería deplorable que la reflexión sobre el resultado de la convocatoria y su significado acabara subsumido mañana en medio de una diatriba que contraponga la actuación excesiva de los llamados 'piquetes informativos' a la denuncia de comportamientos patronales poco respetuosos con el derecho de huelga. La cita del 29 de marzo constituye un hito excepcional en el desarrollo de las relaciones laborales y sociales en España. Pero no por ello debe ser vivida como un acontecimiento ajeno e incluso contrario a la normalidad democrática; del mismo modo que forma parte de la responsabilidad colectiva evitar que sea percibido como tal en el exterior. La credibilidad de la economía española es puesta en entredicho de manera demasiado recurrente como para que sindicatos, empresarios o instituciones opten por dramatizar el desarrollo de la huelga general. En este sentido resulta importante que en aquellas comunidades autónomas y sectores en los que no se han alcanzado acuerdos respecto a la prestación de servicios mínimos la desavenencia entre sindicatos y administración tampoco se convierta en argumento de oportunidad para respaldar un paro total.