Bienvenida sea la huelga general
ABOGADO Actualizado: GuardarDe igual forma que el Real Decreto-Ley 3-2012 se convalidó en el Pleno del Congreso el pasado 8 de marzo, con 197 votos a favor, frente a 142 en contra, la huelga general prevista para el 29 de marzo, supondrá la especial ratificación de la condición de presidente del Sr. Rajoy. No ha habido un presidente del gobierno, con la excepción de Calvo Sotelo cuyo mandato también fue excepcional, que no se halla sometido a un paro general. Si no fuera porque paralizar el país cuesta aproximadamente unos7.500 millones de euros, la anécdota se elevaría sin más al rango de costumbre ancestral para validar la condición de presidente del gobierno de España. Digo ancestral porque a juicio de los sindicatos, «se han arruinado decenios de diálogo social». El llamado «Diálogo Social», de extraordinaria importancia en los albores de la democracia, encumbrado a los altares con los Pactos de la Moncloa en 1978, por considerarlos decisivos en la conformación y vertebración de la democracia, han perdido no parte, si no toda su vigencia tal y como se le conocía hasta la fecha, dado el cambio operado por las circunstancias actuales. Desde 2007 cuando se externaliza la crisis, el «Diálogo Social» ha sido un auténtico diálogo de sordos o mejor dicho de besugos, porque la eficacia de su existencia ha brillado por su ausencia. No han sido capaces los llamados «interlocutores sociales», también llamados «perceptores de ingentes sumas de dinero público y poco más», para poner a disposición del gobierno de turno, un mínimo esbozo de cuál debería ser la posterior actuación legislativa, para acometer en profundidad la reforma de la legislación laboral, que posibilitase un adecuado desenvolvimiento del mercado de trabajo, dada sus carencias estructurales.
España ha vivido ocho huelgas generales en este período democrático. Con anterioridad vivió otras muchas, quizás la más «curiosa» fue la 1934. La derecha hacía poco que había ganado las elecciones y el movimiento anarcosindicalista llamó a la insurrección. La huelga se desarrolló del 8 al 12 de diciembre. Parece que a la izquierda, cuando la apean del poder, se asfixia y necesita recuperarlo al coste que sea. La historia se repite una vez más. La derecha lleva gobernando escasamente dos meses. Desde hace más de uno, las manifestaciones en las calles son el pan nuestro de cada día y como guinda dentro de veinte días huelga general. Ésta se anuncia cuando no habían transcurrido 24 horas de la convalidación por el Congreso por casi 2/3 de sus miembros. En la convocatoria se aluden a dos conceptos que la justifican: «la cruel reforma laboral» y «la reforma laboral que no tiene en cuenta el paro». Veamos. El Real Decreto-Ley 3/2012, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, es sin duda, como se predica en su Exposición de Motivos y venía anunciándose en el propio programa electoral que mayoritariamente han votado los españoles, una reforma de envergadura y, como la crisis afecta a los fundamentos mismos de nuestro modelo socio laboral, los cambios normativos que introduce suponen una reformulación de aspectos esenciales en la regulación de las instituciones básicas del Derecho del Trabajo, tanto individual como colectivo.
Ahora se convoca una huelga general con la única intención de mantener el 'status quo' sindical. Esto y no lo que se aduce en los diversos testimonios que inundan la prensa estos días como fundamento de la huelga, es lo que la justifica para sus promotores. De ahí que los principales achaque a la reforma por los sindicatos, se refieran fundamentalmente a lo siguiente: 1º) Al ámbito prioritario de carácter empresarial de la negoción colectiva, lo que desmonta en buena parte la negoción sectorial, lugar en el que los sindicatos y patronal han decidido el devenir durante años del empleo. Y con las tasas de paro en 2007, período con mayores posibilidades históricas para alcanzar una situación de empleo más que aceptable, el desempleo superaba los dos millones. De ahí la necesidad de modificar radicalmente la estructura de la negociación colectiva. 2º) La retirada a las autoridades laborales de la necesidad de resolver en vía administrativa los despidos colectivos, dejan a los sindicatos huérfanos de su principal elemento de presión, y de paso exigir que aquellas decidiesen sobre estos sobre la base de la oportunidad política del momento y no basado en la imperatividad de las causas legales que las normas disponían al respecto. 3º) La reducción del 20% de las subvenciones públicas a los llamados «interlocutores sociales» para el año 2012 y las posibilidades de acceder en régimen de competencia a los cursos de formación a todas las empresas que lo demanden, rompen la situación de monopolio en la gestión de los mismos.
Hace pocas semanas se dictaba sentencia sobre la huelga del metro de Madrid. Ésta estimaba la demanda en proceso de conflicto colectivo interpuesta por Metro de Madrid contra los sindicatos con representación en el suburbano madrileño, el comité de huelga y el comité de empresa. Los sindicatos basaron su defensa en que el metro no presta un servicio esencial, puesto que existen otros modos de transporte público en Madrid. Sin embargo, la sentencia del juzgado de lo Social 16 considera que Metro de Madrid sí es «un servicio esencial» y se apoya en otro fallo del Tribunal Constitucional. «No hay reparo alguno en calificar el Metro de Madrid como un servicio esencial, pues, entre otros, satisface la libre comunicación y circulación y el acceso al trabajo, a los lugares de residencia o a los centros en los que los ciudadanos obtienen la prestación de derechos fundamentales». Esta sentencia deberá ser tenida en cuenta ante los acontecimientos que se avecinan el próximo día 29, máxime ante las carencias que presenta al respecto la legislación vigente representada por el Real Decreto-Ley 17/1977. Los ciudadanos «se vieron impedidos o enormemente dificultados en sus desplazamientos», prosigue el escrito, que alude a la «desproporción y extralimitación en el ejercicio del derecho fundamental a la huelga» por las pérdidas económicas ocasionadas. Sabiendo como se sabe por encuestas realizadas por medios de prensa afines a la izquierda, que sólo el 18% de la población confían en los sindicatos y justifican su acción sindical ante los acontecimientos, amén de que el 48% de la ciudadanía está de acuerdo con la reforma laboral, mientras que el 44% la rechaza, el derecho al trabajo para el que no haga uso legitimo a su derecho a la huelga el próximo día 29, debe tener toda la protección del Estado de derecho, de igual forma que este debe amparar en iguales términos al que ejercite su derecho al paro general.