Editorial

Cortes de diálogo

Los órganos de gobierno de las cámaras deberán propiciar la iniciativa parlamentaria

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La constitución del Congreso y del Senado en un clima afable dio inicio ayer a la X Legislatura de la democracia, caracterizada por la mayoría absoluta que ostenta el PP en ambas cámaras y, en un segundo plano, por el auge de aquellas formaciones que atenúan el bipartidismo. La elección de los órganos de gobierno de las Cortes respondió al deseo lógico del partido mayoritario de supervisar el funcionamiento parlamentario, situando a su frente a dos personas de dilatada experiencia institucional, como son Jesús Posada y Pío García Escudero. De su talante, siempre favorable al diálogo y al reconocimiento de la diversidad, dependerá en buena medida el desarrollo de la legislatura. Porque la mayoría absoluta obliga a las mesas del Congreso y del Senado a fomentar la actividad parlamentaria, tanto de control como de iniciativa, velando especialmente por los derechos y la actuación de las formaciones que hayan obtenido menor representación. En este sentido la Mesa del Congreso presidida por Jesús Posada tiene ante sí la delicada responsabilidad de abordar el propósito de Amaiur y de UPyD de formar sus respectivos grupos, tratando de que su interpretación del Reglamento -como potestad avalada por el Constitucional- pueda conciliar dicha norma tanto con las aspiraciones de las citadas formaciones como con el funcionamiento más democrático y racional de la Cámara. Algo que difícilmente se lograría desvirtuando la función del Grupo Mixto hasta convertirlo en mero cauce de desahogo de la pluralidad parlamentaria. La estratagema por la que ayer optó Amaiur, tomando posesión de sus escaños los seis diputados vascos mientras el electo navarro se mantiene a la espera, constituye una argucia para apurar las posibilidades que el Reglamento del Congreso ofrece en su artículo 26 en relación al 23. Una iniciativa previsible que, aunque suscite rechazo debido a la trayectoria de la coalición independentista vasca, constata la existencia de una laguna reglamentaria semejante a otras que son utilizadas para la constitución de grupos parlamentarios por parte de electos que en una lectura restrictiva del Reglamento engrosarían las filas del Mixto.