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Condenan al juez que alteró el régimen de visitas para que un niño fuera de procesión
El TSJA inhabilita dos años al magistrado Francisco Serrano, aunque pide su indulto parcial para que solo cumpla seis meses
SEVILLA. Actualizado: GuardarEl Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a dos años de inhabilitación al juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano por alterar el régimen de visitas de un niño para que pudiera salir en una procesión con su padre en la 'Madrugá' sevillana.
El TSJA condena al juez por un delito de prevaricación «culposa» o no intencionada y le aplica la mínima pena según la ley. No obstante, el fallo considera que esta mínima pena es «una respuesta penal desproporcionada» según el mal causado, por lo que reclama al Gobierno un indulto parcial para el magistrado para que solo cumpla seis meses de condena.
El juez Serrano se encuentra en suspensión de empleo y sueldo, decisión adoptada por el Consejo del Poder Judicial mientras se pronunciara el alto tribunal andaluz. Serrano recurrirá la sentencia al Tribunal Supremo, según confirmó ayer tarde su abogado. La madre del menor, que pedía 20 años de inhabilitación, también se plantea su recurso.
El caso puede sentar precedentes por lo inusual y la repercusión mediática en una ciudad como Sevilla, apasionada con la Semana Santa y sus procesiones. Los hechos sucedieron en marzo de 2010, cuando el padre del menor de 11 años recurrió al juzgado para que prolongase su custodia un día y medio para que el niño pudiera salir en la 'Madrugá' sevillana, hecho que, según dijo el magistrado durante el juicio, es muy importante para el chaval.
Lo cierto es que en su resolución del día 30 de marzo, Serrano modificó el régimen de visitas acordado por otro juzgado que llevaba el proceso de separación de los padres sin ni siquiera consultar a las partes y previendo que la madre no iba a dejar al niño salir en la procesión. El fallo del TSJA considera que lo que enjuicia no es si Serrano era o no competente para resolver la custodia como juez de familia, sino su forma de actuar jurisdiccionalmente. Para el TSJA, Serrano actuó con «significativa desatención, ligereza o falta de cuidado graves». Obró de forma imprudente, obviando el conflicto existente entre los padres, en proceso de divorcio; Su resolución fue «manifiestamente injusta», por precipitada, negando derechos de audiencia a la madre, entre otros, y convirtiéndose de hecho «en instrumento de una parte».
El fallo reprende al juez Serrano porque el caso llegara a los medios informativos antes incluso de la salida procesional, «con el consiguiente daño y exposición pública» del niño y de su madre. Ambos soportaron «críticas acerbas y comentarios vejatorios». Por este daño moral, se condena a Serrano a pagar a la madre una indemnización de 4.000 euros.
El tribunal le absuelve de prevaricación «dolosa» de la que fue acusado en el proceso, al considerar que no deseaba lesionar ningún derecho a sabiendas. El fiscal, que había pedido en la instrucción hasta diez años de inhabilitación, retiró esta petición durante el juicio. La Audiencia Provincial de Sevilla había exculpado al juez en dos ocasiones.
Francisco Serrano se ha visto envuelto en varias polémicas antes de esta. En 2003 saltó a la fama mediática por un conflicto entre familias adoptivas por la llamada 'niña de Benamaurel' al decidir que esta no retornase con su primeros padres. Sus declaraciones posteriores criticando la ley de malos tratos y señalando que muchas de las denuncias son falsas, puso en pie de guerra a los colectivos de mujeres.
Condena por malos tratos
Precisamente, la sentencia del TSJA contra el juez Serrano coincidió ayer con otra del Juzgado de lo Penal 7 de Sevilla condenando al padre del niño de esta historia a 31 días de trabajo en beneficio de la comunidad por malos tratos e injurias a la madre; Y le prohíbe acercarse a esta durante un año y medio a menos de 300 metros, según recoge Europa Press.