Tribuna

Ni es la primera ni será la última

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La permanente adecuación a las nuevas circunstancias pero, sobre todo, la anticipación de las políticas que se implanten buscando el equilibrio financiero, absolutamente necesario en un sistema financiero de reparto como es el español, serán notas caracterizadoras del propio sistema y requisito sine quanun para su propia pervivencia. La búsqueda del equilibrio del gasto en jubilación es determinante en el contexto financiero del sistema, ya que asume la mayor porción del gasto total en pensiones, con una clara tendencia alcista. Además de los Pactos de la Moncloa, donde se adecuó el régimen de gestión institucional de la Seguridad Social española a las nuevas circunstancias políticas y económicas y, sobre todo, a los nuevos condicionantes jurídicos impuestos por la Constitución Española, hay que resaltar tres hitos legislativos, que han ido conformando nuestro actual modelo al que se une la última de las reformas que ahora ve la luz.

Los cambios legislativos que afectan al sistema público de pensiones se inician en el año 1985, con la Ley 26/1985. Se produce entonces la primera huelga general contra un mandatario socialista del actual período constitucional. Comenzaba así un período de racionalización de la estructura de nuestro sistema de pensiones. El presidente del Gobierno aguantaba el envite de los sindicatos en un claro gesto de responsabilidad. Sin la reforma, la quiebra era previsible en el corto plazo. El contenido de la misma consistió en pasar de diez años de ocupación cotizada a quince años, calculándose la base de la prestación como la suma de las bases generadas en los últimos quince años. Los dos últimos a su valor nominal, aplicándosele a los trece restantes un coeficiente corrector de actualización de las bases correspondientes.

Pero, las directrices marcadas en el Pacto de Toledo no acababan con el relato anterior. Era preciso seguir avanzando y adecuar el cálculo de la pensión a toda la vida laboral del trabajador. Ello se sustenta además por la propia consideración de «profesional o contributivo» de una parte de nuestro sistema de Seguridad Social, a diferencia del otro, «no contributivo o asistencial». Consecuencia directa del establecimiento en el año 1990 del sistema no contributivo o universal de Seguridad Social.

La sensibilidad política con la Seguridad Social queda corroborada con la política legislativa llevada a cabo en el primer gobierno del Partido Popular a partir de 1996. Se promulga entonces la Ley 24/1997, de separación de las fuentes de financiación del Sistema de la Seguridad Social, que exigía la financiación de las prestaciones contributivas que conforman nuestro sistema de pensiones con las cuotas de los sujetos obligados, mientras que las denominadas prestaciones no contributivas o asistenciales, incluida la prestación de asistencia sanitaria, van a ser financiadas con cargo al sistema impositivo español, dada su condición de prestaciones de carácter universales y desvinculadas de su carácter profesional. Esta regulación, recibió la aprobación de uno de los dos sindicatos mayoritarios.

El transcurrir del tiempo vuelve poner en la picota otra importante modificación. La proyección demográfica de la sociedad española encumbra a auténtico problema de Estado la situación de las pensiones en general y de la jubilación en particular. Es uno de los problemas más serios y con mayor dificultad en su resolución. Se procedió a flexibilizar el régimen jurídico de la pensión, fruto del Acuerdo para la Mejora y Desarrollo del Sistema de Protección de 2001, suscrito entre CEOE, CEPYME y CC.OO, promulgándose la Ley de Medidas para el Establecimiento de un Sistema de Jubilación Gradual y Flexible, con la obvia finalidad de no ser la pensión en sí de un impedimento para la presencia social activa de los ciudadanos, que de esta forma podía aprovechar la experiencia y los conocimientos de los trabajadores de mayor edad.

La inflexión producida en el ciclo económico en 2007 tuvo innumerables efectos nocivos para la economía española. El más dramático socialmente consistió en el aumento incesante del número de desempleados, cantidad cercana a los cinco millones de personas sin empleo. Ello ha tenido una incidencia negativa directa en nuestro sistema de Seguridad Social, que se ve acrecentado al ser el sistema financiero en el que se asienta, el de reparto. Se fundamenta éste en el principio de solidaridad intergeneracional, de tal forma que nuestros padres financiaron el sistema para nuestros abuelos y nosotros a nuestros padres. Aquí siempre se hace realidad el dicho popular «de bien nacido es ser agradecido». La situación existente desde el inicio del período democrático hasta el día de hoy ha supuesto un aumento del número de personas que acceden al cobro de la pensión, a la vez que estos que integran su ámbito objetivo lo hacen por un período de tiempo superior, por aumento paulatino de la esperanza de vida de los ciudadanos. Por lo que respecta a la financiación del sistema, la situación es la inversa. Un aumento menor que proporcionalmente del número de pensionistas que el de cotizantes, que hasta 2007 no paró de aumentar, debido fundamentalmente a la incorporación de trabajadores inmigrantes al Sistema de la Seguridad Social, encontrándonos en aquel entonces con la cifra de veinte millones de cotizantes. Cifra que se ha visto considerablemente reducida al día de hoy, con los efectos perversos que ello supone y que deviene en insostenible de prolongarse en el tiempo como sucede en la actualidad. La crisis de empleo existente en nuestro país ha acelerado la reforma, que no puede entenderse de carácter coyuntural debido a este especial condicionante, sino estructural por las razones antes esgrimidas y relacionadas con la vertebración de la pirámide poblacional española.

La Ley aprobada la semana pasada era absolutamente necesaria, pero no resuelve el problema a largo plazo. La propia dinámica del sistema financiero que le sirve de base, exigirá la adecuación permanente a las circunstancias existentes en cada momento. Siendo conscientes de la imposibilidad de modificar de raíz el sistema financiero, propongo su modificación para construir otro que compagine con este, uno de capitalización, de tal forma que este último suponga en el plazo de veinticinco años una repercusión en el sistema global de hasta un 30%.

La entrada en el sistema financiero de la Seguridad Social española del sistema capitalización deberá ser progresivo y exigirá un sobreesfuerzo a los trabajadores actuales, que debieran ver incrementadas sus cotizaciones sociales, fundamentándolas en la «percepción» de un auténtico salario diferido, que se capitalizará y determinará en una renta individualizada que garantizará el percibo futuro de la pensión, en la cantidad capitalizada y en términos similares al funcionamiento de los fondos de pensiones.