El pleno de la Audiencia Nacional decidirá la suerte del chivatazo
Se convoca el cónclave por la «trascendencia» del fallo sobre el soplo después de que Pablo Ruz confirme la colaboración con ETA
MADRID. Actualizado: GuardarLos 18 magistrados que componen la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional serán los que decidan si tres mandos policiales procesados por el chivatazo a ETA se sientan finalmente en el banquillo y, si lo hacen, acusados de qué delitos (colaboración con organización terrorista o encubrimiento y revelación de secretos). El presidente de este órgano, Javier Gómez Bermúdez, ha decidido que sean todos los magistrados de lo penal, y no solo los tres de la sección segunda, los que estudien y resuelvan los recursos presentados por el director general de la Policía, Víctor García-Hidalgo; el jefe superior de Policía del País Vasco, Enrique Pamiés, y el inspector José María Ballesteros, contra su procesamiento decretado por el juez Pablo Ruz el 13 de julio.
Gómez Bermúdez ha justificado su decisión de abocar a pleno la causa del soplo a ETA por la «complejidad, trascendencia e importancia jurídica» del asunto y sus repercusiones para la futura jurisprudencia del tribunal de la calle Génova. La reunión del pleno tendrá lugar en septiembre, ya que el mes de agosto es inhábil. En ese cónclave, los magistrados tendrán que decidir sobre dos cuestiones fundamentales. La primera si hay suficientes indicios contra los tres imputados para abrir juicio oral, tal y como sostienen Ruz y la Fiscalía, en contra de las defensas. La segunda es dilucidar si el delito que supuestamente cometieron los mandos policiales fue colaboración con banda armada, tesis que apoya el instructor, o si fue un simple encubrimiento o revelación de secretos, acusación que respalda el Ministerio Público y que supondría que el caso fuera enjuiciado en los juzgados de Irún, localidad donde su ubica el bar Faisán y en la que habría tenido lugar el chivatazo al aparato de extorsión terrorista.
Gómez Bermúdez dejó el futuro del 'caso Faisán' en manos del pleno solo instantes después de constatar que Ruz había desestimado los recursos presentados por los abogados de García Hidalgo, Pamiés y Ballesteros, confirmando la imputación de colaboración con ETA.
En su resolución, Ruz rechaza la tesis de que los procesados no pudieron colaborar con ETA porque no compartían sus fines. El juez, por primera vez, pone en el acento en que la supuesta actuación de los tres imputados supuso colaborar con ETA porque ese soplo evitó que la Policía interceptara un envió a ETA de las famosas 'nueve botellas' (clave que hacía referencia a los nueve millones de pesetas, 54.000 euros, que el aparato de cobro del impuesto revolucionario que dirigía Joseba Elosúa supuestamente hizo llegar al recaudador de la banda, José Antonio Cau, el día en que el chivatazo frustró la redada policial).
Según el juez, los tres imputados con sus actividades sí que coadyuvaron «a las finalidades perseguidas» por ETA porque los mandos policiales plenamente conscientes de lo que hacían con aquel chivatazo provocaron que el dinero fruto de la extorsión «no fuera interceptado por la Fuerza policial encargada delseguimiento de la red terrorista».