Cárcel para los causantes de accidentes mortales
Los conductores que provoquen un siniestro con víctimas podrán ser condenados a 4 años de prisión
MADRID. Actualizado: GuardarEl fiscal de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas, anunció ayer que el Ministerio Público solicitará penas de prisión para los conductores que provoquen un accidente mortal o con lesiones graves. Circular a más de 150 kilómetros por hora, superar la tasa de alcoholemia permitida, hablar por el móvil o quedarse dormido al volante son las causas que llevarán a la Fiscalía a imputar homicidio imprudente. Vargas ha recordado que las penas en accidentes mortales van de 1 a 4 años mientras que las de lesiones graves oscilan entre los 3 meses y los 3 años de cárcel.
La Fiscalía, en colaboración directa con las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y la Dirección General de Tráfico, busca con esta medida continuar su lucha para reducir al máximo los accidentes viales. «Se pretende elevar la respuesta penal» y «luchar contra lacras como la velocidad o el alcohol al volante», subrayó Vargas.
De los datos aportados por la Fiscalía, se observa un considerable descenso de los delitos por exceso de velocidad. Respecto a 2009 los procedimientos por esta infracción disminuyeron en un 48%. Sin embargo, la Fiscalía recuerda que la detección de este delito resulta bastante dificultosa. La incorporación de la localización de los radares en los GPS, cada vez más extendidos, ha sido un factor clave en el descenso. Vargas expresó su respeto por el uso de GPS pero avisó de que tras pasar un radar, el conductor suele tender a aumentar la velocidad, ya que cree que no va a ser detectado.
El alcohol sigue siendo el enemigo principal de la seguridad vial. Uno de cada tres infractores supera la tasa de alcoholemia permitida. El año pasado aumentaron un 13% los procedimientos seguidos por conducción etílica. Desde la entrada en vigor del carné por puntos y la consideración de delito el simple hecho de superar el límite permitido, las cifras han ido aumentando año tras año.