Condenado a siete años por prender fuego a la vivienda de su expareja
El procesado deberá indemnizar con 30.000 euros a la víctima y con 1.600 euros a los dueños del edificio
CÁDIZ. Actualizado: GuardarJuan M. P, vecino de Jerez, fue juzgado y condenado ayer a siete años de prisión por amenazar y quemar la vivienda de alquiler en la que vivía su expareja, con la que se había roto la relación dos meses antes. El suceso tuvo lugar en la noche del 26 de mayo de 2010 en la calle Ídolo de la ciudad jerezana, donde se sitúa la casa que acabó en llamas. Por suerte, el incendio no acabó en tragedia, ya que la exnovia no se encontraba en la casa, pero puso en peligro al resto de vecinos, que tuvieron que ser desalojados por los bomberos.
Aquella noche del 26 de mayo de 2010, Juan M. P. había llamado por teléfono móvil a su expareja y le había advertido: «A ver si tienes cojones de entrar esta noche en tu casa». No era la primera vez que la acosaba por teléfono. En otra ocasión, casi un mes antes, le había advertido: «Te vas a enterar, no vas a dormir tranquila». .
El 26 de mayo, a medianoche, después de llamarla varias veces, Juan se coló en la vivienda de la mujer subiendo por un balcón y le prendió fuego a un dormitorio. La habitación se quemó por completo y el humo se extendió por el resto de la casa. Antes prender el fuego, el acusado había pintado la palabra «puta» en la entrada del piso y para despejar las dudas sobre su autoría, 'firmó' su hazaña en el portal del edificio, donde escribió con la misma pintura: «Juan».
Acuerdo de conformidad
El juicio estaba señalado ayer en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, especializada en los casos de violencia de género, pero antes de que se celebrara la vista oral, el abogado defensor llegó a un acuerdo con el fiscal, con la víctima y los dueños de la finca -personados en la causa- por el cual, el acusado admitía los hechos y se conformaba con una pena de siete años de prisión por un delito de amenazas, otro de allanamiento de morada y otro de incendio.
El fiscal y las acusaciones particulares han reconocido un atenuante por reparación del daño causado. Y es que el condenado ha comenzado a pagar las indemnizaciones a los afectados: 30.000 euros para la exnovia y 16.715 euros para los propietarios del edificio.