La Audiencia de Sevilla resuelve que la jueza Alaya pueda acceder a las actas del Consejo de Gobierno
Rechaza el recurso de apelación de la Junta porque considera que la documentación que pide la magistrada de los ERE no es secreta
SEVILLA. Actualizado: GuardarLa Audiencia de Sevilla da la razón a la jueza que investiga el fraude en las prejubilaciones pagadas por la Junta y dictamina que la titular del número 6 de Instrucción, Mercedes Alaya, puede acceder a las actas de los consejos de Gobierno porque la documentación requerida no es secreta, como sostiene el Ejecutivo, cuyo recurso de apelación rechaza. En un auto, dictado el pasado 20 de junio y contra el que no cabe recurso, la Audiencia considera «justificada» la demanda de la jueza y «no arbitraria y caprichosa», como afirma el letrado de la Junta.
La magistrada requirió a la Junta todas las actas de los consejos de Gobierno de la última década para comprobar si hubo conocimiento entre sus miembros de las advertencias de la Intervención General de Hacienda sobre posibles ilegalidades en el procedimiento por el que se pagaron, através del IFA y luego IDEA, las ayudas y prejubilaciones a las empresas en crisis sujetas a expedientes de regulación de empleo (ERE), en los que se han detectado 72 intrusos.
La Junta planteó un conflicto de competencias y una petición de inhibición a la jueza para acceder a las actas por entender que estas son secretas y solicitó que el Tribunal Supremo, a través del Tribunal de Conflictos de Jurisdicción, dictamine si puede o no hacerlo. Mientras tanto, las actas permanecen en un armario acorazado en dependencias judiciales, a instancias de la propia Alaya. La magistrada, atendiendo los recursos planteados por la Fiscalía, el PP, Manos Limpias y dos de los imputados, Javier Guerrero y Antonio Rivas, ex cargos de Empleo, remitió el asunto a la Audiencia Provincial de Sevilla para que se pronunciase sobre ello.
En la resolución de esta, en la que figura como ponente la magistrada Eloísa Gutiérrez Ortíz, se dice que, aunque la jueza Alaya «no es muy explícita en el argumento del auto recurrido», no hay falta de motivación en su petición, aludiendo a la jurisdicción del Tribunal Constitucional.
La Audiencia entiende que hay motivación suficiente examinados los documentos aportados para averiguar si algún miembro del Consejo del Gobierno sabía de las advertencias de la Intervención General y si se adoptaron medidas, para «poder en su caso depurar presuntas responsabilidades penales de quienes por acción u omisión autorizaron tal fórmula de financiación», en alusión a la de transferencia de financiación utilizada en lugar de la subvención excepcional, que requiere más control y que sería lo legal según las diligencias de la jueza Alaya.
También recuerda que Alaya explica en uno de sus autos que sólo accederá a los acuerdos de las actas y no a las deliberaciones. Por ello, la Audiencia resuelve que la diligencia no incumple la Ley del Gobierno de Andalucía, ya que «lo declarado por la Ley reservado son los documentos y lo declarado secreto son las deliberaciones, nada de lo cual han de aparecer» en las actas, «lo único reclamado» por la juez.