![](/cadiz/prensa/noticias/201105/26/fotos/6296077.jpg)
El Ayuntamiento deberá indemnizar a las víctimas del Campo de las Balas
Un juez de lo Contencioso le obliga a pagar 212.734 euros a los padres del joven fallecido en el derrumbe y a uno de los heridos
Cádiz Actualizado: GuardarEl juez número dos de lo Contencioso-Administrativo de Cádiz ha condenado al Ayuntamiento gaditano a indemnizar a algunas de las víctimas del derrumbe de la antigua Escuela de Tiro del Ejército, en el Campo de las Balas, en el que falleció un menor bajo los escombros y otros dos adolescentes, de 16 años, resultaron heridos. El trágico suceso, ocurrido el 16 enero de 2004, conmocionó a la ciudad, pero quedó archivado en los juzgado por la vía Penal ya que el juez de instrucción y la Audiencia Provincial sobreseyeron la causa contra el Consistorio.
Sin embargo, el magistrado, Pedro Marcelino Rodríguez, lo ha rescatado desde la jurisdicción Contencioso-Administrativa al recibir las demandas de los familiares de Manuel Gallardo (el menor fallecido) y de Juan Antonio Acosta (uno de los heridos) contra la decisión de la Junta de Gobierno Local (en noviembre de 2008) de desestimar unos expedientes de responsabilidad patrimonial.
La sentencia, a la que cabe recurso, deja sin efecto esta resolución municipal y considera probada «la responsabilidad del Ayuntamiento en la producción del accidente». En esto, el juez resulta además especialmente tajante: primero aclara que «el servicio de vigilancia era claramente insuficiente y lo mismo cabe decir de la actuación de la Policía Local», y recuerda que el Ayuntamiento «era consciente del deber y la necesidad de vigilar el recinto», que además estaba abierto a entidades sociales: «Conocía que otras personas se servían de los edificios, sin haber tomado medidas para salvaguardar su buen uso», asegura; y añade: «Una vigilancia suficiente habría permitido conocer el mal estado; habría bastado con atender la llamada del vigilante, que comunicaba que había un hueco en la pared».
Además, la sentencia considera la administración municipal tenía «deber de conservación» y «lo incumplió». Y aunque el juez admite que «no había un defecto estructural» en el edificio, recuerda que la Comisión de Gobierno «reconoció que existía el peligro de un siniestro» medio año antes de que ocurrieran los hechos.
Las indemnizaciones impuestas ahora suman 212.734 euros, de los que 152.550 deben asumirlos la aseguradora Mapfre. De esta manera, e padre y la madre del joven Manuel Gallardo recibirán 60.185 euros y 82.754 euros respectivamente. Y Juan Antonio Acosta, 69.795 euros por las graves heridas que sufrió, y que le causaron incluso una minusvalía. Lo cierto es que estas cantidades son notablemente inferiores a las que solicitaban los demandantes, que exigían conjuntamente 397.000 euros.
En el juicio, la defensa del Consistorio trató de achacar la responsabilidad del accidente y sus consecuencias a las víctimas, ya que según los abogados municipales entraron en el edificio de forma indebida y tiraron piedras contra los muros. Pero el juez también ha rechazado este punto de plano, y dice que «no vale como excusa», pues el recinto era de «uso público y consentido» y «no hay constancia de que fueran quienes menoscabaron a resistencia de la pared». El magistrado también defiende su competencia para juzgar estos hechos, aunque hayan sido sobreseído por la vía Penal, pues el archivo no significa que el Ayuntamiento sea absuelto.