El Constitucional tendrá que decidir en tan solo 14 horas la suerte electoral de Bildu
La corte designa a Francisco Hernando, expresidente del Supremo, como ponente y la coalición le recusa por ilegalizar Batasuna
Madrid Actualizado: GuardarSolo 14 horas para decidir la suerte electoral de 254 listas y 3.500 candidatos. Nunca antes en ningún proceso de ilegalización de partidos el Tribunal Constitucional se había enfrentado a unos plazos tan apurados y tal cantidad de trabajo. La ampliación en 24 horas del plazo dado a Bildu para que presentara sus alegaciones en el Supremo, los retrasos del tribunal al notificar la ilegalización de las candidaturas, la demora de la propia coalición al presentar ayer su amparo ante la corte y la negativa del Constitucional a resolver las cuestiones procedimentales sobre la marcha, han reducido al mínimo el tiempo de deliberación de los magistrados, que se reunirán a las 10.00 horas y deberán decidir antes de la medianoche de hoy si, como alega la alianza 'abertzale', el alto tribunal ha violado sus derechos, los de sus candidatos y los de sus hipotéticos votantes a la participación política.
Los seis magistrados de la Sala Segunda del Constitucional apenas se reunieron ayer dos horas, poco después de que Bildu presentara en el registro su recurso a media tarde, solo 32 horas antes de que comience la campaña electoral. Los tres conservadores, Francisco Hernando, Ramón Rodríguez Arribas y Francisco Pérez, y los tres progresistas, el presidente de la sala Eugeni Gay, Elisa Pérez Vera y Luis Ignacio Ortega, se limitaron a admitir a trámite el escrito y nombrar un ponente para la sentencia, Hernando.
La designación del expresidente del Tribunal Supremo y del Poder Judicial provocó de inmediato la recusación de Bildu, al entender que Hernando, que abandonó el pasado enero el alto tribunal, está 'contaminado' porque ha participado en los últimos ocho años, como presidente de la institución y de la propia Sala del 61, en la elaboración de todas las sentencias de ilegalización de Batasuna y de sus herederas.
La sala no quiso entrar siquiera a valorar la recusación ni tampoco a estudiar el recurso. Se limitó a dar traslado del escrito de Bildu a las dos instituciones que promovieron su ilegalización en el Supremo, la Fiscalía y la Abogacía del Estado, a las que conminaron para que antes de las 10.00 horas de hoy presenten sus alegaciones. Solo entonces, explicaron fuentes del Constitucional, la Sala Segunda decidirá si acepta la recusación, si nombra a otro ponente y, sobre todo, qué órgano será el que resuelva el destino de Bildu; si la propia sala o el asunto se envía al pleno habida cuenta su trascendencia.
Este asunto, en modo alguno, es baladí. En la sala, si no se aparta a Hernando, la correlación de fuerzas entre conservadores y progresistas es pareja, lo que, en principio, podría llevar a un empate que resolvería el voto de calidad del presidente, Eugeni Gay. Si Gay, el presidente de la corte, Pascual Sala, o tres magistrados reclaman que el asunto se ventile en el pleno la situación cambiaría, ya que es mayoritario -por siete a cuatro- el sector progresista.
Sea la sala o sea el pleno, los magistrados deberán estudiar contrarreloj el vasto recurso de Bildu. La coalición, como es preceptivo para pedir amparo del Constitucional, alegó la vulneración de los derechos y libertades fundamentales de personas individuales, tanto de electores como de elegibles, y de las dos «formaciones políticas legales» que forman Bildu, Eusko Alkartasuna y Alternatiba. En particular, el recurso asegura que el Supremo ha violado los derechos al acceso en igualdad de condiciones a cargos públicos y de participación en asuntos públicos, y que el alto tribunal también ha conculcado la libertad ideológica, de expresión y asociación de los votantes y candidatos.
Derechos Humanos
Bildu, que también invoca la violación del Convenio Europeo de Derechos Humanos, recuerda al Constitucional la «repercusión social y política» de la decisión de dejar fuera de las elecciones a 254 listas y 3.500 candidatos entre Euskadi y Navarra. Y que la anulación de tal cantidad de planchas sin duda alterará la representación institucional.
La coalición asume en su escrito en que en algún momento del proceso de formación de Bildu ETA ofreció un acuerdo a Eusko Alkartasuna, pero que el partido fundado por Carlos Garaikoetexea en 1986 lo rechazó porque no incluía el cese de los atentados. Sostiene asimismo que no es la organización terrorista la que impulsa la alianza sino que fue Eusko Alkartasuna la que, desde 1992, propuso en varios documentos la unidad de fuerzas soberanistas dentro de los cauces legales y democráticos. ETA, agrega el recurso, inicia esta reflexión solo a partir de 2008.
Al igual que hiciera en las alegaciones al Supremo en el proceso sobre la inscripción de Sortu como partido en el registro de Interior y en el debate jurídico sobre la propia Bildu, los abogados de la coalición inciden en que la participación de la izquierda 'abertzale' en el proceso negociador no puede considerarse «un indicio» de que ETA estaba detrás. Recuerda en este sentido que el propio Constitucional consideró que la ilegalización de un partido no conlleva «la privación de los derechos de sufragio activo y pasivo» de los dirigentes o afiliados de la formación proscrita.