Condena a cuatro guardias civiles por torturar a los etarras de la T-4
La Audiencia de Guipúzcoa fija que los acusados actuaron «con ánimo de venganza» sobre Portu y Sarasola
SAN SEBASTIÁN. Actualizado: Guardar«Igor Portu y Mattin Sarasola sufrieron torturas por parte de miembros de la Guardia Civil que intervinieron en su detención». La sentencia hecha pública ayer por la Audiencia Provincial de Guipúzcoa condena a penas de entre dos y cuatro años de prisión a un sargento y tres guardias que participaron en el arresto en 2008 de los etarras que volaron el aparcamiento de la T-4 de Barajas, el 30 de diciembre de hace cuatro años, y provocaron la muerte de dos ciudadanos ecuatorianos.
El fallo, emitido por la Sección Primera de la Audiencia, considera probados los delitos de «torturas graves y lesiones» cometidos por cuatro guardias con la «finalidad única y última de castigar», con un «indudable ánimo de venganza», a los arrestados por su pertenencia a ETA. El tribunal absuelve a los otros once acusados por falta de pruebas.
El escrito impone cuatro años y medio de prisión y ocho de inhabilitación al sargento Juan Jesús Casas, jefe del operativo, por dos delitos de torturas graves, uno de lesiones y otra falta de lesiones por ser «partícipe activo», en un caso, y partícipe «omisivo», en otro, en las heridas y malos tratos. El Tribunal entiende que debía impedir las agresiones al ser el máximo responsable de «la excursión», realizada del 6 de enero de 2008 a un lugar apartado de las proximidades de Mondragón.
La Audiencia condena también a dos años y medio de prisión y ocho de inhabilitación al guardia José Manuel Escamilla por un delito de torturas graves y otro de lesiones. E impone una pena de dos años de cárcel y ocho días de localización permanente, además de la inhabilitación, a los guardias Sergio García y Sergio Martínez. Además, ordena pagar unas indemnizaciones de 18.000 euros a Igor Portu y de 6.000 a Mattin Sarasola por el «daño físico y psíquico causado».
Integridad física
La sentencia, primera en diez años contra la Guardia Civil por torturas, considera probado que en el transcurso de las detenciones «quedó atacada la integridad física» de los dos detenidos, que necesitaron asistencia médica, uno de ellos hospitalaria, debido a las lesiones y traumatismos causados por los agentes del Grupo de Acción Rápida (GAR).
El relato explica que la mañana de Reyes de 2008, un año y siete días después del atentado contra la T-4 y con él la tregua de ETA, Igor Portu y Mattin Sarasola, miembros liberados del 'comando Elurra', quedaron para recoger dos revólveres y munición de un 'zulo' escondido en el monte Udala de Mondragón. Allí fueron sorprendidos por un control de la Guardia Civil mandado por el sargento Casas.
Este procedió a identificar a los dos terroristas, que «levantaron sus sospechas», y tras revisar sus mochilas y hallar dos revólveres y munición ordenó su detención e incomunicación. Los etarras fueron introducidos en dos vehículos, uno custodiado por el sargento Casas y el guardia Escamilla; y el otro por los agentes García y Martínez. Durante el traslado comenzaron a insultar y golpear en la cara y la cabeza a los arrestados, «con la única intención de humillar». Tras realizar una parada, en la que los agentes la emprendieron a puñetazos y patadas, los etarras fueron trasladados al cuartel de Intxaurrondo, donde ingresaron a las 12.25 horas, para luego ser llevados hasta Lesaka, a las 19.30 horas, donde presenciaron los registros en sus domicilios. El fallo detalla el parte de lesiones que ambos sufrieron «a resultas de los golpes que les endilgaron» los agentes, los más graves los ocasionados a Portu, que fue ingresado en la UCI con pronóstico grave y permaneció hospitalizado en San Sebastián varios días.
El tribunal considera que las lesiones «no son compatibles» con la versión facilitada por los agentes en el juicio oral que tuvo lugar el pasado mes de octubre en San Sebastián. En la vista, los guardias civiles alegaron que las heridas se produjeron como consecuencia del forcejeo violento que mantuvieron con los detenidos, al intentar huir y resistirse a la detención.
Lo que la Audiencia no considera probado, porque no hay pruebas adicionales, las presuntas agresiones que sufrieron Portu y Sarasola en los calabozos del cuartel de Intxaurrondo y durante el traslado a Lesaka.