Opinion

Antídoto que cura

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La Ley Orgánica de 11/1985 de agosto de Libertad sindical, desarrolla el Art. 28 de la Constitución el cual garantiza el derecho a la huelga. Por ello nadie que tenga un mínimo de sentido común se puede creer los falsos argumentos esgrimidos por los controladores aéreos. La actitud de estos pobrecitos sindicalistas es la evidencia más extrema en el mundo sindical. Es obvio que el abandono del puesto de trabajo colectivamente implica el cierre de la empresa. Estos sabían que con el cierre del espacio aéreo el caos en los aeropuertos estaba asegurado. Estos inocentes trabajadores y patriotas desconocían la profunda crisis económica que se bate en nuestro país. La pérdida económica ya se habla de millones de euros, por otra parte han sido incapaces de comprender el drama social y económico que han vivido infinidad de familias que ellos mismos abandonaron a su suerte. La realidad de los hechos pone de manifiesto por un lado la disciplina jurídica y por otro el desafío al Gobierno y al Estado de derecho. Según los Art. 544 y 545 del código penal estos servidores públicos supuestamente han podido cometer un delito de sedición. Me parece oportuno decir que el Art 116 de la Constitución establece que une Ley Orgánica regulara el estado de alarma. Por lo tanto el antídoto aplicado se ajusta a derecho ya que el Gobierno y el parlamento han encontrado la cura para el cansancio la ansiedad de los controladores.