Condenan a una madre por no llevar al colegio a su hija desde que tenía 4 años
Se trata de la octava sentencia dictada por un delito de abandono de familia en lo que va de curso, por caso grave de absentismo escolar
Actualizado: GuardarNo por habituales son menos importantes. Las sentencias judiciales que condenan a padres por no llevar a sus hijos de manera continuada en Chiclana se están volviendo un denominador común en la lucha contra el absentismo.
Ayer se dio a conocer un nuevo fallo, que tiene su principal rasgo diferenciador en el hecho de que la condena por abandono hace referencia por primera vez a una alumna de Educación Infantil.
Se trata, en concreto, de la octava sentencia condenatoria que se dicta por delito de abandono de familia en los Juzgados de Cádiz en lo que va de curso escolar.
El caso ahora fallado fue calificado como «muy grave» por los técnicos del programa de intervención de este tipo de casos en la localidad.
Según consta en los informes, fue imposible conseguir que la madre de la menor se ocupase de regularizar la asistencia a clase de su hija, agravándose la situación por la temprana edad de la menor, y teniendo en cuenta el absentismo escolar desde el ciclo de Infantil.
La intervención en esta unidad familiar se inició por parte de la delegación de Educación del Ayuntamiento chiclanero en el curso escolar 2005/06, a raíz de la derivación por parte del centro escolar como consecuencia del número elevado de faltas de asistencia a clases por parte de la menor que se encontraba escolarizada en Educación Infantil de 4 años.
Ya que la alumna es menor de seis años, en aquel primer momento se procedió al envío de una primera carta informativa a nivel preventivo a la progenitora.
Tras varias citaciones fallidas de la familia, no es hasta el curso 2006/07 cuando la madre acude a la cita junto a la menor.
Más de un año después, durante el curso escolar 2008/09, la
educadora de área y el agente de la Policía Local del Equipo Municipal de Absentismo Escolar, técnicos de referencia del caso, entregaron el correspondiente atestado policial acompañado del expediente que recogía toda la intervención socio-educativa en la unidad familiar en la Fiscalía del Menor de Cádiz.
En marzo de 2009 el fiscal presentó la correspondiente denuncia por presunto delito de abandono de familia en los juzgados de Chiclana. Finalmente, la sala de lo Penal de Cádiz dicta sentencia, en la que se considera que la madre «ha omitido voluntariamente los deberes esenciales inherentes a la patria potestad, especialmente el de cuidado, educación y formación de su hija», puesto que la menor ha faltado injustificadamente al centro escolar en múltiples ocasiones en los últimos cuatro años.
El magistrado la condena a seis meses de multa con una cuota diaria de tres euros, así como el pago de las costas procesales causadas, en un nuevo caso de absentismo que tiene consecuencias legales.