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Absuelven a un acusado de encerrar en casa a su pareja, tras negarse ella a declarar

La mujer había afirmado ante el juez de guardia que su novio se llevó todas las llaves, pero la Audiencia considera nulo este testimonio

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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cádiz ha absuelto a Javier A. M, un vecino de San Roque, del delito de detención ilegal contra su mujer, del que fue juzgado el pasado 18 de noviembre y por el la Fiscalía que le pedía una pena de seis años de prisión.

El sanroqueño, de 36 años, estaba acusado de encerrar a su pareja sentimental en la casa que ambos compartían en una pedanía de la localidad del Campo de Gibraltar, como castigo por una discusión que, según el Ministerio Público, la pareja habría tenido la noche anterior.

La Guardia Civil denunció de oficio al hombre después de que los bomberos sacaran de la vivienda a la mujer -que los había alertado por teléfono- y de que ella explicara ante el juez de instrucción que su novio se había llevado todas las llaves de la casa.

Sin embargo, en el juicio, la mujer se negó a repetir esta declaración, acogiéndose al derecho a no testificar contra un familiar que está amparado por el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim). A él recurren muchas mujeres sospechosas de ser víctimas de malos tratos, cuando aún conviven con sus parejas o temen represalias.

No hay pruebas suficientes

La fiscal, al no contar con el principal testigo de los hechos, se aferró a la declaración que hizo ella ante el juez de instrucción como prueba del supuesto delito. Pero el tribunal de la Audiencia echó atrás el testimonio porque, como explica en la sentencia absolutoria, cuando se llevó a cabo no se informó a la supuesta víctima de que tenía derecho a no testificar, según el citado artículo de la Ley de Enjuiciamiento. Debido a esto, según la sentencia, esta declaración debe ser tenida por nula y «no hecha». El tribunal también recuerda que la pareja del acusado tampoco denunció los hechos ante la Guardia Civil, a pesar de que los agentes «se personaron en varias ocasiones en su domicilio al objeto de que la misma interponga la denuncia correspondiente».

Como último recurso, la Fiscalía llamó a testificar a uno de los guardias civiles que intervino en el rescate y al que la mujer supuestamente contó lo ocurrido. Pero también en este caso la Audiencia ha tumbado la prueba, al recordar que según la jurisprudencia del Tribunal Superior «un testigo de referencia» puede utilizarse «contra el reo, siempre que no sea la única prueba de cargo» -como en este caso- y no es suficiente «para desvirtuar la presunción de inocencia. Los magistrados explican que «una situación de encierro temporal puede obedecer a muchas causas» y no todas son delito.